Decreto N° 145

EmisorÁrea Jefe de Gobierno
Fecha de la disposición28 de Abril de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DECRETO N.º 145/21
Buenos Aires, 26 de abril de 2021
VISTO: Las Leyes Nros. 6.038, 6.186, 6.292 (textos consolidados por Ley N° 6.347), y
6.340, el Decreto Nº 74/19, el Expediente Electrónico N° 2021-10560850- -GCABA-
DGPINV, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 6.340 se creó el “Régimen de Promoción para Residencias de
Estudiantes”, que tiene por objeto la implementación de políticas de fomento dirigidas
a los proyectos de inversión destinados a la residencia de estudiantes dentro del
ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mediante la promoción de la
construcción y equipamiento de nuevos establecimientos y/o remodelación de las
existentes;
Que la mencionada norma, tiene como finalidad, aumentar la oferta de camas para
estudiantes que pretendan realizar sus estudios en la Ciudad a través de un régimen
de beneficios fiscales, brindando la posibilidad de convertir en crédito fiscal hasta un
máximo del sesenta por ciento (60%) de la inversión efectivamente realizada para el
desarrollo del proyecto o la eximición del pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos
por un plazo máximo de hasta veinticuatro (24) meses contados desde el inicio de la
explotación de la actividad económica del establecimiento en cuestión;
Que asimismo mediante la citada Ley N° 6.340, se procedió a modificar el texto de los
artículos 6º, 8º, 9º y 14 de la Ley N° 6.038 y modificatorias;
Que por Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, estableciendo las competencias del Ministerio de
Desarrollo Económico y Producción, entre las que se encuentran las de “...”Entender y
diseñar políticas tendientes a promocionar el desarrollo económico integral de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires...” y “...Fomentar la actividad productiva y
sustentable en áreas estratégicas;... definir, formular, implementar y ejecutar políticas
transversales referidas a la juventud”...”;
Que la Ley N° 6.038 y su modificatoria, estableció las bases jurídicas e institucionales
correspondientes al "Régimen de Promoción para el Sector Hotelero" a efectos de
promover las inversiones, la generación de empleo y en consecuencia el desarrollo
económico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires mediante un incentivo fiscal en la
industria turística local, especialmente el sector hotelero;
Que el artículo 12 de la ley mencionada designa al Ente de Turismo de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires como Autoridad de Aplicación del régimen y, en tal
sentido, dispone que será la encargada de gestionar el acceso a los beneficios allí
establecidos;
Que, por lo expuesto, resulta conveniente aprobar la reglamentación de la Ley Nº
6.340 a los fines de establecer los lineamientos que regirán el funcionamiento del
Régimen de Promoción para Residencias de Estudiantes, como así también modificar
en su parte pertinente, los términos del Anexo I del Decreto Nº 74/19 por el cual se
aprobó la reglamentación de la Ley N° 6.038 correspondiente al Régimen de
Promoción para el Sector Hotelero.
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6111 - 28/04/2021

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