Decreto N° 145

EmisorÁrea Jefe de Gobierno
Fecha de la disposición17 de Abril de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DECRETO N.º 145/19
Buenos Aires, 15 de abril de 2019
VISTO: Las Leyes Nros. 1.218, 2.095, 5.460 (textos consolidados según Ley N°
6.017), su modificatoria 5.960, y 6.138, los Decretos Nros. 363/15 y sus modificatorios,
Nº 326/17, los Expedientes Electrónicos N° 2018-31478068-MGEYA-DGABC, N°
2018-31470825-MGEYA-DGABC, N° 2018-31481913-MGEYA-DGABC, N° 2018-
31482947-MGEYA-DGABC, N° 2018-31483275-MGEYA-DGABC, N° 2018-31483524-
MGEYA-DGABC, N° 2018-31483933-MGEYA-DGABC, N° 2018-31484415-MGEYA-
DGABC, N° 2018-31484722-MGEYA-DGABC, N° 2018-31485797-MGEYA-DGABC,
N° 2018-31486232-MGEYA-DGABC, N° 2018-31486649-MGEYA-DGABC, N° 2018-
31486839-MGEYA-DGABC, N° 2018-31487035-MGEYA-DGABC, N° 2018-31471516-
MGEYA-DGABC y otros, y
CONSIDERANDO:
Que los inmuebles sitos en las calles Uruguay Nº 740 (Nomenclatura Catastral:
Circunscripción 14, Sección 5, Manzana 34, Parcela 26c) FR 14-2559; Moreno Nº 330
(Nomenclatura Catastral: Circunscripción 13, Sección 2, Manzana 51, Parcela 2) FRE
13-1790; Donato Álvarez Nº 1230/1262 (Nomenclatura Catastral: Circunscripción 15,
Sección 59, Manzana 63, Parcela 28) FRE 15-21540; y las Unidades Funcionales N°
21, 22, 23, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 59 y 63 del inmueble sito en Avenida Paseo
Colón N° 275/277/279 (Nomenclatura Catastral: Circunscripción 13, Sección 2,
Manzana 60, Parcela 16b) FR 13-1879/21, FR 13-1879/22, FR 13-1879/23, FR 13-
1879/25, FR 13-1879/26, FR 13-1879/27, FR 13-1879/28, FR 13-1879/29, FR 13-
1879/30, FR 13-1879/31, FR 13-1879/59, FR 13-1879/63, han sido declarados
innecesarios para la gestión del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por
Ley N° 6.138, autorizándose su disposición conforme los mecanismos legales
vigentes;
Que el objeto de la mencionada norma es impulsar la integración urbana, el desarrollo
social, económico y comercial en el sur de la Ciudad, continuando con el traslado de
centralidades administrativas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, en ese sentido, el producido de la enajenación de los bienes inmuebles
detallados precedentemente, será destinado a la adquisición del dominio y/o el uso por
cualquier título de los inmuebles necesarios para el traslado de las centralidades
administrativas al sur de la Ciudad, así como también, para el desarrollo de los
anteproyectos, proyectos y obras con fines públicos en cumplimiento de los
requerimientos establecidos por el Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que los inmuebles indicados, pertenecen al dominio privado de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, en virtud de los antecedentes dominiales que obran en los actuados
citados en el visto, y en concordancia con la información que fuera brindada por la
Dirección General Escribanía General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el
marco de sus competencias;
Que el artículo 49 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.017)
establece que el Banco Ciudad de Buenos Aires es el encargado de realizar el remate
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5600 - 17/04/2019

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