Decreto N° 1421

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición17 de Diciembre de 2014
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCII - Nº 26 CÓRDOBA, 10 de febrero de 20154
elevada para la imposición de nombre a la Escuela de Nivel
Inicial de Barrio Santa Isabel III Sección de esta Capital,
dependiente de la Dirección General de Nivel Inicial y Primario -
Ministerio de Educación-
Que de la misma surge el nombre de “CEFERINO
NAMUNCURÁ”, como justo reconocimiento a quien se caracterizó
por la honestidad, la humildad y la hombría de bien, lo que
constituye un ejemplo para las nuevas generaciones.
Que cabe advertir que el nombre propuesto es el mismo con el
cual se designó a la Escuela de Nivel Primario y a la plaza del
barrio, por lo que dicha denominación es representativa e identifica
a la comunidad.
Que los organismos técnicos competentes han tomado la debida
intervención, cumplimentándose los requisitos establecidos en el
Decreto Nº 7694/E/68.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por el
Área Jurídica del Ministerio de Educación bajo el N° 2129/2014,
por Fiscalía de Estado en casos similares y en uso de sus
atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- IMPÓNESE el nombre de “CEFERINO
NAMUNCURÁ” a la Escuela de Nivel Inicial de barrio Santa
Isabel III Sección de esta Capital, dependiente de la Dirección
General de Nivel Inicial y Primario -Ministerio de Educación-.
ARTÍCULO 2°.- El presente decreto será refrendado por el
señor Ministro de Educación y el señor Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
Decreto N° 1421 Córdoba, 17 de Diciembre de 2014
VISTO: El Expediente Nº 0111-057344/2007, del Registro
del Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que obra la Resolución Nº 0145/2013 de la Dirección Gen-
eral de Institutos Privados de Enseñanza -Ministerio de
Educación-, por la que se dispuso tomar conocimiento del cierre
del Centro Educativo “GENERAL MARTIN MIGUEL DE
GUEMES” -Nivel Inicial y Primario- de Córdoba, Capital, a
partir del Ciclo Lectivo 2008.
Que conforme a las constancias documentales e informativas
incorporadas en autos y prescripciones legales de rigor, la
decisión se ajusta a derecho, pues se encuadra dentro de la
normativa que la funda.
Que en efecto, la medida cumple con los requerimientos
jurídicos-formales-pedagógicos estatuidos por la Ley Nº 5326,
encontrándose tal determinación técnica, administrativa e
institucional plasmada en la resolución de marras.
Que conforme con lo expuesto, no existe objeción alguna
para la ratificación en esta instancia del instrumento legal en
análisis.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por
el Área Jurídica del Ministerio de Educación bajo el N° 2389/
2014, por Fiscalía de Estado con el N° 1006/14 y en uso de
sus atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
ARTÍCULO 1º.- RATIFÍCASE la Resolución Nº 0145/2013,
de la Dirección General de Institutos Privados de Enseñanza
-Ministerio de Educación-, la que compuesta de una (1) foja
útil forma parte del presente decreto, por la que se dispuso
tomar conocimiento del cierre del Centro Educativo “GEN-
ERAL MARTIN MIGUEL DE GUEMES” -Nivel Inicial y
Primario- de Córdoba, Capital, a partir del Ciclo Lectivo
2008.
ARTÍCULO 2°.- El presente decreto será refrendado por el
señor Ministro de Educación y el señor fiscal de Estado.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese,
publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://goo.gl/9ELrHC
Decreto N° 1422 Córdoba, 17 de Diciembre de 2014
VISTO: el Expediente N° 0109-099644/2011 del registro del
Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones obra la Resolución N°
0148/2014 de la Dirección General de Nivel Inicial y Primario,
dependiente del citado Ministerio, mediante la cual se dispuso,
ad referendum de la autoridad competente, suspender
provisoriamente el servicio educativo en la Escuela de Nivel
Primario “NELLY GARCIA DE GHIRARDOTTO” de la localidad
de Puerta Colorada -Departamento Río Cuarto -
Que conforme a las constancias documentales e informativas
incorporadas en autos y prescripciones legales de rigor, la
decisión se ajusta a derecho, pues se encuadra dentro de la
normativa que la funda.
Que en efecto, la medida cumple con los requerimientos
jurídico-formales-pedagógicos estatuidos por el artículo 3° del
Decreto N° 41009/A/38 y sus modificatorios, encontrándose tal
determinación técnica, administrativa e institucional, plasmada
en la resolución de marras.
Que en consecuencia, se ha decidido en el marco de la
normativa legal vigente, motivos por los que no se visualizan
impedimentos para la ratificación en esta instancia del instrumento
legal en análisis.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por
el Area Jurídica del Ministerio de Educación con el N° 1482/
2013, por Fiscalía de Estado bajo el N° 000989/2014 y en uso
de sus atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1°.- RATIFÍCASE la Resolución N° 0148/2014
de la Dirección General de Nivel Inicial y Primario, del Ministerio
de Educación, mediante la cual se dispuso suspender
provisoriamente el servicio educativo en la Escuela de Nivel
Primario “NELLY GARCIA DE GHIRARDOTTO” de la localidad
de Puerta Colorada -Departamento Río Cuarto-, en los términos
y condiciones que se consignan en la misma, cuya copia forma
parte integrante de este instrumento legal como Anexo,
compuesto de una (1) foja.
ARTÍCULO 2°.- El presente decreto será refrendado por
el señor Ministro de Educación y el señor Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 3°.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a
Contaduría General de la Provincia, comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://goo.gl/Yxy77y
Decreto N° 1423 Córdoba, 17 de Diciembre de 2014
VISTO: el Expediente N° 0109-098737/2011 del registro del
Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones obra la Resolución N°
0314/2013 de la Dirección General de Nivel Inicial y Primario,
dependiente del citado Ministerio, mediante la cual se dispuso
ad referendum de la autoridad competente, suspender
provisoriamente el servicio educativo en la Escuela de Nivel
Primario “JUAN BAUTISTA ALBERDI” de Colonia El Guanaco
-Departamento Roque Sáenz Peña-.
Que conforme a las constancias documentales e informativas
incorporadas en autos y prescripciones legales de rigor, la
decisión se ajusta a derecho, pues se encuadra dentro de la
normativa que la funda.
Que en efecto, la medida cumple con los requerimientos
jurídico-formales-pedagógicos estatuidos por el artículo 3° del
Decreto N° 41009/A/38 y sus modificatorios, encontrándose tal
determinación técnica, administrativa e institucional, plasmada
en la resolución de marras.
Que de acuerdo con lo expuesto, no existe objeción alguna
para la ratificación en esta instancia del instrumento legal en
análisis.
Por ello, los informes producidos, el Dictamen N° 2566/2013
del Area Jurídica del Ministerio de Educación y lo dictaminado
por Fiscalía de Estado en casos similares;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1°.- RATIFÍCASE la Resolución N° 0314/2013
de la Dirección General de Nivel Inicial y Primario, del Ministerio
de Educación, mediante la cual se dispuso suspender
provisoriamente el servicio educativo en la Escuela de Nivel
Primario “JUAN BAUTISTA ALBERDI” de Colonia El Guanaco
-Departamento Roque Sáenz Peña-, en los términos y
condiciones que se consignan en la misma, cuya copia forma
parte integrante de este instrumento legal como Anexo I,
compuesto de una (1) foja.
ARTÍCULO 2°.- El presente decreto será refrendado por el
señor Ministro de Educación y el señor Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 3°.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a
Contaduría General de la Provincia, comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://goo.gl/istcDk

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