Decreto N° 1355

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición 9 de Diciembre de 2014
CÓRDOBA, 11 de marzo de 2015 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCIII - Nº 47 Primera Sección 3
Que mediante Decreto N° 841/2013 se adjudicó la obra princi-
pal a la Empresa ROVIAL S.A.., suscribiéndose el contrato
correspondiente con fecha 13/09/2013 y habiéndose replanteado
la obra con fecha 02/12/2013; en tanto mediante Decreto N°
1008/2014 se aprobó el acta acuerdo de redeterminación de
precios por reconocimiento de la segunda y tercera variación de
costos.
Que obra en autos la documentación presentada por la
contratista fundamentando su petición.
Que el Departamento II Gestión Económica de Obras (D.P.V.)
informa que se ha producido una variación en el precio de la
obra del 7,98% al mes de abril de 2014, resultando en un monto
a imputar de $ 4.620.994,56, importe resultante de aplicar al
monto contractual faltante de ejecutar, deducido el 10% de Utilidad
Invariable, el incremento citado, ascendiendo el nuevo
presupuesto de la obra redeterminado a $ 72.065.035,85.
Que según informe de la repartición de origen, al momento de
la cuarta redeterminación de precio se ha ejecutado un 4,82%
de la obra (Certificado N° 04 correspondiente al 31/03/14).
Que la contratista ha renunciado a todo reclamo por mayores
costos, compensaciones, gastos improductivos o supuestos
perjuicios de cualquier naturaleza en los términos del artículo 16
del Anexo al Decreto referenciado.
Que en consecuencia, verificada la existencia de los supuestos
que tornan procedente la aplicación del citado instrumento legal,
la Dirección Provincial de Vialidad ha considerado conveniente
la redeterminación del precio del contrato, por lo que suscribió
con la contratista el Acta Acuerdo de redeterminación de precio
por reconocimiento de variación de costo, correspondiente al
mes de abril de 2014.
Que se agrega Documento Contable -Nota de Pedido N° 2014/
001729 que certifica la reserva presupuestaria para atender la
erogación que lo gestionado implica.
Por ello, las actuaciones cumplidas, las normas legales citadas,
lo dispuesto en el artículo 14 del Anexo I al Decreto N° 1231/
2010, modificatorio de su similar N° 1133/2010, lo dictaminado
por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio
de Infraestructura con el N° 572/2014, por Fiscalía de Estado
bajo el N° 911/2014 , y en uso de sus atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.- APRUÉBASE el Acta Acuerdo de
Redeterminación de Precio por Reconocimiento de la Cuarta
Variación de Costos correspondiente al mes de abril de 2014,
por trabajos faltantes de ejecutar en la obra: “CONSTRUCCIÓN
DE RUTA PROVINCIAL N° 32 – TRAMO: LA POSTA – LAS
ARRIAS (2da. ETAPA) – DEPARTAMENTOS: RÍO PRIMERO
- TULUMBA”, por la suma total de Pesos Cuatro Millones
Seiscientos Veinte Mil Novecientos Noventa y Cuatro con
Cincuenta y Seis Centavos ($ 4.620.994,56), suscripta el 27
de agosto de 2014 entre el Presidente de la Dirección Pro-
vincial de Vialidad, Ingeniero Raúl BERTOLA, por una parte,
y el Representante de la Empresa ROVIAL S.A., Ingeniero
Gabriel Martín COLLAZUOL, contratista de la obra, por la
otra, que como Anexo I, compuesto de ocho (8) fojas útiles,
se acompaña y forma parte integrante del presente
instrumento legal.
ARTÍCULO 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la
suma total de Pesos Cuatro Millones Seiscientos Veinte Mil
Novecientos Noventa y Cuatro con Cincuenta y Seis
Centavos ($ 4.620.994,56), a importe futuro, conforme lo
indica el Departamento Administración y Personal de la
Dirección Provincial de Vialidad en su Documento de
Contabilidad (Nota de Pedido) Nº 2014/001729.
ARTÍCULO 3º.- FACÚLTASE al señor Presidente de la
Dirección Provincial de Vialidad a suscribir la enmienda
de contrato por redeterminación de precio, debiendo la
empresa ROVIAL S.A., integrar el importe adicional de
garantía de cumplimiento del contrato.
ARTÍCULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por
los señores Ministro de Infraestructura y Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 5º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dése
intervención al Departamento Administración y Personal de la
Dirección Provincial de Vialidad, al Tribunal de Cuentas de la
Provincia, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la
citada Dirección a sus efectos y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://goo.gl/73czha
Decreto N° 1355 Córdoba, 9 de Diciembre de 2014
VISTO: El expediente Nº 0045-016647/2013/A2 del registro
de la Dirección Provincial de Vialidad, dependiente del Ministerio
de Infraestructura.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones la citada Dirección, propicia
por Resolución Nº 00730/2014 la aprobación del Acta Acuerdo
de Redeterminación de Precio por Reconocimiento de la Primera
Variación de Costos correspondiente al mes de junio de 2014,
por trabajos faltantes de ejecutar en la obra: “CONSTRUCCIÓN
DE AUTOVÍA RUTA NACIONAL N° 36 – TRAMO: FIN
VARIANTE PERILAGO – BERROTARÁN (VARIANTES EN LOS
CÓNDORES Y BERROTARÁN) DEPARTAMENTOS:
CALAMUCHITA – RÍO CUARTO”, suscripta el día 23 de setiembre
de 2014 entre el Presidente de la Dirección Provincial de Vialidad,
y el Representante de las Empresas BENITO ROGGIO E HIJOS
S.A. – BOETTO BUTTIGLIENGO S.A. – U.T.E., contratista de la
obra.
Que la redeterminación de precio de que se trata encuadra en
las previsiones del Decreto Nº 1231/10, modificatorio de su
similar N° 1133/2010.
Que mediante Decreto N° 353 de fecha 16 de abril de 2014, se
adjudicó la obra principal a las Empresas BENITO ROGGIO E
HIJOS S.A. – BOETTO BUTTIGLIENGO S.A. – U.T.E.,
suscribiéndose el día 27 de junio de 2014 el contrato
correspondiente, habiéndose replanteado la obra el 18 de julio
de 2014.
Que el Departamento II Gestión Económica de Obras (D.P.V.)
informa que se ha producido una variación en el precio de la
obra del 12,02% al mes de junio de 2014, resultando en un
monto a imputar de $ 69.594.353,23, importe resultante de aplicar
al monto contractual faltante de ejecutar, deducido el 10% de
Utilidad Invariable, el incremento citado, ascendiendo el nuevo
presupuesto de la obra a $ 712.969.311,42.
Que en consecuencia, verificada la existencia de los supuestos
que tornan procedente la aplicación del citado instrumento legal,
la Dirección Provincial de Vialidad ha considerado conveniente
la redeterminación del precio del contrato, por lo que suscribió
con la contratista el Acta Acuerdo de redeterminación de precio
por reconocimiento de variación de costos, correspondiente al
mes de junio de 2014.
Que la contratista ha renunciado a todo reclamo por mayores
costos, compensaciones, gastos improductivos o supuestos
perjuicios de cualquier naturaleza en los términos del artículo 16
del Anexo al Decreto referenciado.
Que se agrega Documento Contable -Nota de Pedido N° 2014/
002006 que certifica la reserva presupuestaria para atender la
erogación que lo gestionado implica.
Por ello, las actuaciones cumplidas, las normas legales citadas,
lo dispuesto en el artículo 14 del Anexo I al Decreto N° 1231/
2010, modificatorio de su similar N° 1133/2010, lo dictaminado
por la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de
Infraestructura con el N° 671/2014, por Fiscalía de Estado bajo
el N° 939/2014 , y en uso de sus atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.- APRUÉBASE el Acta Acuerdo de
Redeterminación de Precio por Reconocimiento de la Primera
Variación de Costos correspondiente al mes de junio de 2014,
por trabajos faltantes de ejecutar en la obra: “CONSTRUCCIÓN
DE AUTOVÍA RUTA NACIONAL N° 36 – TRAMO: FIN
VARIANTE PERILAGO – BERROTARÁN (VARIANTES EN LOS
CÓNDORES Y BERROTARÁN) DEPARTAMENTOS:
CALAMUCHITA – RÍO CUARTO”, por la suma total de Pesos
Sesenta y Nueve Millones Quinientos Noventa y Cuatro Mil
Trescientos Cincuenta y Tres con Veintitrés Centavos ($
69.594.353,23), suscripta el día 23 de setiembre de 2014 entre
el Presidente de la Dirección Provincial de Vialidad, Ingeniero
Raúl BERTOLA, por una parte, y el Representante de las
Empresas BENITO ROGGIO E HIJOS S.A. – BOETTO
BUTTIGLIENGO S.A. – U.T.E., Ingeniero Mario Eugenio
BUTTIGLIENGO, contratista de la obra, por la otra, que como
Anexo I, compuesto de ocho (8) fojas útiles, se acompaña y
forma parte integrante del presente instrumento legal.
ARTÍCULO 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la
suma total de Pesos Sesenta y Nueve Millones Quinientos Noventa
y Cuatro Mil Trescientos Cincuenta y Tres con Veintitrés Centavos
($ 69.594.353,23), conforme lo indica el Departamento
Administración y Personal de la Dirección Provincial de Vialidad
en su Documento de Contabilidad -Nota de Pedido Nº 2014/
002006, al Ejercicio Futuro Año 2015.
ARTÍCULO 3º.- FACÚLTASE alseñor Presidente de la
Dirección Provincial de Vialidad a suscribir la enmienda de
contrato por redeterminación de precio, debiendo la empresa
BENITO ROGGIO E HIJOS S.A. – BOETTO BUTTIGLIENGO
S.A. – U.T.E., integrar el importe adicional de garantía de
cumplimiento del contrato.
ARTÍCULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por
los señores Ministro de Infraestructura y Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 5º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dése
intervención al Departamento Administración y Personal de la
Dirección Provincial de Vialidad, al Tribunal de Cuentas de la
Provincia, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la
citada Dirección a sus efectos y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://goo.gl/sqFsQl
Decreto N° 1357
Córdoba, 9 de Diciembre de 2014
VISTO: El expediente Nº 0045-016695/2013/A4 del
registro de la Dirección Provincial de Vialidad, dependiente
del Ministerio de Infraestructura.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones la citada Dirección,
propicia por Resolución Nº 00699/2014 la aprobación del
Acta Acuerdo de Redeterminación de Precio por
Reconocimiento de la Primera Variación de Costos
correspondiente al mes de junio de 2014, por trabajos
faltantes de ejecutar en la obra: “CONSTRUCCIÓN DE
AUTOVÍA RUTA NACIONAL N° 36 – TRAMO: FIN
VARIANTE PERILAGO – SAN AGUSTÍN (INCLUYE
VARIANTE SAN AGUSTÍN) – DEPARTAMENTOS:
TERCERO ARRIBA – CALAMUCHITA”, suscripta el día 26
de setiembre de 2014 entre el Presidente de la Dirección
Provincial de Vialidad, y el Apoderado de la Empresa IECSA
S.A., contratista de la obra.
Que la redeterminación de precio de que se trata encuadra

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