Decreto N° 1281

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición19 de Septiembre de 2016
MIERCOLES 5 DE OCTUBRE DE 2016
AÑO CIII - TOMO DCXXII - Nº 195
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar SUMARIO
SECCION
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
1a
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
PODER EJECUTIVO
Decreto N° 1296 ................................................................... Pag. 1
Decreto N° 1281 ................................................................... Pag. 1
Decreto N° 1328 ................................................................... Pag. 2
Decreto N° 1320 ................................................................... Pag. 3
Decreto N° 919 ..................................................................... Pag. 4
Decreto N° 1275 ................................................................... Pag. 4
MINISTERIO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES
SECRETARIA DE ARQUITECTURA
Resolución N° 552 ............................................................... Pag. 5
Resolución N° 548 ............................................................... Pag. 6
Resolución N° 504 ............................................................... Pag. 6
Resolución N° 483 ............................................................... Pag. 7
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACION OPERATIVA
Resolución N° 120 ............................................................... Pag. 8
Resolución N° 97 ................................................................. Pag. 8
Resolución N° 86 ................................................................. Pag. 9
Resolución N° 92 ................................................................. Pag. 10
MINISTERIO DE EDUCACION
DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN PRIMARIA
Planilla Aprobados .............................................................. Pag. 11
PODER EJECUTIVO
Decreto N° 1296
Córdoba, 19 de setiembre de 2016
VISTO: El Expediente Nº 0109-121963/2014, del registro del Ministerio
de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que obran actuaciones relacionadas con la terna elevada para la im-
posición de nombre a la Escuela de Nivel Inicial de Los Hornillos -De-
partamento San Javier-, dependiente de la Dirección General de Edu-
cación Inicial -Ministerio de Educación-.
Que de la misma surge el nombre de “ROSARIO VERA PEÑALO-
ZA” como justo reconocimiento y en homenaje a quien dedico su vida
a la enseñanza, fundo el primer Jardín de Infantes en la Argentina,
tuvo una admirable trayectoria, llego a Inspectora de Enseñanza Se-
cundaria Normal y Especial, defendió la cultura nativa brego por la
enseñanza a los niños desde perspectivas que implicaban actividades
recreativas.
Que fallece el 28 de mayo de 1950 y en su memoria se declaró esa
fecha para conmemorar el “Día de la Maestra Jardinera” y el Día de los
Jardines de Infantes”.
Que los organismos técnicos competentes han tomado la debida
intervención, cumplimentándose los requisitos establecidos en el De-
creto N° 7694/E/68.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por el
Área Jurídica del Ministerio de Educación bajo el Nº 2690/15, por Fis-
calía de Estado en casos similares y en uso de las atribuciones consti-
tucionales,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º. IMPÓNESE el nombre de “ROSARIO VERA PEÑALOZA
a la Escuela de Nivel Inicial de Los Hornillos -Departamento San Javier-,
dependiente de la Dirección General de Educación Inicial -Ministerio de
Educación-
Artículo 2°. El presente decreto será refrendado por los señores Minis-
tro de Educación y Fiscal de Estado.
Artículo 3º.PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bole-
tín Ocial y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR / PROF. WALTER GRAHOVAC, MINIS-
TRO DE EDUCACION / DR. JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
Córdoba, 19 de setiembre de 2016
VISTO: El Expediente N° 0532-088309/2016 del registro de la Direc-
ción General de Rentas dependiente del Ministerio de Finanzas.
Y CONSIDERANDO:
Que resulta necesario designar procuradores scales a los nes de la
gestión de cobro prevista en el Título XIII del Decreto N° 1205/15.
Que la Procuradora Fiscal que se designa por el presente instrumento legal
cumple con los requisitos y condiciones que prevé la legislación vigente en
la materia, debiendo constituir legajo que acredite los mismos y otorgar la
anza respectiva.
Por ello, las disposiciones del Decreto N° 1205/2015, lo dictaminado
por Fiscalía Tributaria Adjunta con el N° 22/2016, por el Área Legales del
Ministerio de Finanzas bajo el N° 466/2016, por Fiscalía de Estado con el
N° 701/16 y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 144
de la Constitución Provincial;

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