Decreto N° 1278 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición19 de Septiembre de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXXII - Nº 206
CORDOBA, (R.A.), JUEVES 20 DE OCTUBRE DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
presupuestarias necesarias.
Artículo 8º.- EL presente Decreto será refrendado por el señor Minis-
tro de Justicia y Derechos Humanos y el señor Fiscal de Estado, y rmado
por la señora Secretaria General de la Gobernación.
Artículo 9º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dése al señor Fiscal
General, publíquese en el Boletín Ocial y archívese. FDO. JUAN SCHIARE-
TTI, GOBERNADOR / CRA. SILVINA RIVERO, SECRETARIA GENERAL DE LA GO-
BERNACION / LUIS EUGENIO ANGULO, MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS
HUMANOS / DR. JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
Decreto N° 1278
Córdoba, 19 de Septiembre de 2016
VISTO:
El Expediente Nº 0521-051054/2016 del registro del Ente Regulador de
los Servicios Públicos (ERSeP).
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones el Presidente del citado Ente
propicia la individualización de los bienes declarados de utilidad públi-
ca y sujetos a expropiación, para la ejecución de la obra: “CIERRE DE
LA AVENIDA DE CIRCUNVALACIÓN A LA CIUDAD DE CÓRDOBA,
SECCIÓN 3, DISTRIBUIDOR EL TROPEZÓN (RP E-55) – DISTRIBUI-
DOR AVENIDA SPILIMBERGO.
Que en autos la empresa Caminos de las Sierras SA insta el pre-
sente trámite a los fines de que se proceda a individualizar los inmue-
bles afectados destinados a la ejecución de la obra citada precedente-
mente, de conformidad al Convenio Marco de la Dirección Nacional de
Vialidad y Provincia de Córdoba aprobado por Decreto N° 578/2016 y
lo dispuesto en la Ley 9857.
Que la citada empresa acompaña en autos Memoria Descriptiva
– Expropiaciones, Croquis de Ubicación CS–PX(A-019)010-ROA) y CS-
PX ( A-019)011-R0A, Detalles de Parcelas Afectadas y Planilla de la
cual surge que los inmuebles comprendidos son treinta y cuatro (34),
conforme detalle incorporado en las presentes actuaciones, y la cual
da cuenta del titular del inmueble, la superficie afectada y su matrícula
dominial, entre otros.
Que obran incorporadas las Matrículas correspondientes del Re-
gistro General de la Provincia de Córdoba, de conformidad al listado de
bienes inmuebles afectados obrantes en Planilla.
Que luce incorporada intervención de la Gerencia Vial y Edilicia del
Ente Regulador de los Servicios Públicos (ERSeP) en la cual se señala
la procedencia de la individualización de las superficies afectadas, en
virtud de que los trabajos en cuestión se desarrollarán dentro del ám-
bito de la red de accesos a Córdoba, a cargo del concesionario, quien
adjunta Croquis de Ubicación-Planos CS-PX(A-019)010-ROA y CS-PX
( A-019)011-R0A, y detalle de parcelas, en los que además de la identi-
ficación gráfica de las superficies de terrenos afectados, se consignan
los propietarios, áreas vinculadas y las correspondientes identificacio-
nes catastrales.
Que la Unidad de Asesoramiento Legal y Técnico del Ente Regula-
dor de los servicios públicos (ERSeP), se expide mediante Dictamen
N° 006/2016, señalando que conforme los antecedentes e informes
técnicos obrantes en autos, la solución presentada por el Concesiona-
rio se ajusta a los requisitos técnicos y legales que rigen la concesión.
Que obra Dictamen N° 410/2016 de la Dirección General de Asun-
tos Legales del Ministerio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales, en
el que se expresa que puede emitirse el acto administrativo corres-
pondiente individualizando los bienes declarados de utilidad pública y
sujetos a expropiación para la ejecución de la obra de referencia.
Que asimismo, señala que deberá darse intervención al Consejo
General de Tasaciones de la Provincia, a los fines de que fije el valor
máximo correspondiente en concepto de total indemnización para la
ejecución de la obra de referencia.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado
por la Dirección General de Asuntos Legales dependiente del Minis-
terio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales con el Nº 410/16, por
Fiscalía de Estado bajo el Nº 0685/2016, y en uso de sus atribuciones
constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1º.- INDIVIDUALÍZANSE los bienes declarados de utilidad
pública y sujetos a expropiación, por Ley N° 9857 (declaración gené-
rica según artículo 2 de la Ley 6.394), para la ejecución de la obra:
“CIERRE DE LA AVENIDA DE CIRCUNVALACIÓN A LA CIUDAD DE
CÓRDOBA, SECCIÓN 3, DISTRIBUIDOR EL TROPEZÓN (RP E-55)
– DISTRIBUIDOR AVENIDA SPILIMBERGO”, de conformidad a des-
cripción de Planillas y Croquis de Ubicación Planos CS-PX(A-019)010-
ROA y CS-PX ( A-019)011-R0A, que como Anexos I y II compuestos de
una (1) y dos (2) fojas, respectivamente, se acompañan y forman parte
integrante del presente Decreto.
Artículo 2º.- DETERMÍNESE el valor indemnizatorio de los bienes
por intermedio del Consejo General de Tasaciones de la Provincia de
Córdoba.
Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por los señores
Ministro de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales y Fiscal de Estado.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el
Boletín Oficial, dese intervención al Consejo General de Tasaciones de
la Provincia, pase a la Dirección Provincial de Vialidad a sus efectos y
archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - JOSÉ GARCÍA, MINISTRO DE VIVIEN-
DA, ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES - JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL
DE ESTADO
Anexo: https://goo.gl/rMwrDg

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