Decreto N° 1277 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición19 de Septiembre de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXXI - Nº 191
CORDOBA, (R.A.), JUEVES 29 DE SETIEMBRE DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
Artículo 1º. RATIFÍCASE la Resolución N° 0859/2015 de la Dirección
General de Institutos Privados de Enseñanza dependiente del referido
Ministerio, por la que se otorga la autorización de funcionamiento de la
Carrera “Profesorado de Educación Inicial” de cuatro (4) años de duración
-Opción Pedagógica Presencial-, que otorga el titulo de “Profesor/a de
Educación Inicial” en el Establecimiento Privado Adscripto Instituto “SAN
ALBERTO Y SAN ENRIQUE” -Nivel Superior- de Serrano -Departamento
Roque Sáenz Peña, se toma conocimiento de su planta funcional, como
así también de la representación legal del mismo, todo con efecto al Ciclo
Lectivo de 2015, estableciéndose que tal concesión no signicará derecho
adquirido alguno del propietario al aporte estatal, ni obligación de la Provin-
cia de otorgarlo.
Artículo 2º. El presente decreto será refrendado por los señores Minis-
tro de Educación y Fiscal de Estado.
Artículo 3º. PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bole-
tín Ocial y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR / PROF. WALTER GRAHOVAC, MINIS-
TRO DE EDUCACION / DR. JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
ANEXO: https://goo.gl/ksGvhs
Decreto N° 1277
Córdoba, 19 de septiembre de 2016
VISTO: El expediente N° 0451-000943/2012 del registro del Ministerio
de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se propicia la incorporación y trans-
ferencia a la Red de Accesos a Córdoba (R. A.C.) exp lotada por la Con-
cesionaria Caminos de las Sierras S.A., el tramo de la Ruta Provincial
E- 53, comprendido desde Rotonda Intersección con la Ruta Provincial
N° E-57 hasta la rotonda de acceso a la Localidad de Salsipuedes, con
una extensión aproximada de 2,1 km.
Que del Anexo I del Decreto 1532/2012 surge que el tramo que se
propicia incorporar y transferir a la Red de Accesos a Córdoba (R.A.C.)
fue declarado sujeto a pago de peaje.
Que el Decreto N° 427/2013 estableció la incorporación y transfe-
rencia a la Red de Accesos a Córdoba (R.A.C.), actualmente bajo la
concesión de la empresa Caminos de las Sierras S.A. (CA.SI.S.A.), el
tramo comprendido por la Ruta E-53 desde la localidad de Río Ceba-
llos hasta la intersección con la Ruta Provincial E-57.
Que el Art. 14.2.6.del Contrato de Concesión expresa que durante
la CONCESIÓN se podrá incluir o ampliar tramos de las rutas compo-
nentes de la R.A.C. a solicitud de cualquiera de las partes y con la con-
formidad de la otra en la forma, modo y con los alcances contemplados
en el presente CONTRATO y sus ANEXOS.
Que existen precedentes y normativa que habilitan la incorporación
o ampliación de tramos de rutas de jurisdicción al sistema de peaje
disponiendo la modalidad de explotación y administración de estas.
Que se torna necesario y conveniente incluir un nuevo tramo de la
Ruta Provincial E-53 dentro de la Red de Accesos a Córdoba (R.A.C),
tramo comprendido por la intersección de la rotonda de acceso a la
Ruta Provincial E-57 hasta la rotonda de acceso a la Localidad de Sal-
sipuedes, con una extensión aproximada de 2,1 Km.
Que el Ministerio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales, atento
a la delegación otorgada por el artículo 2° del Decreto N° 1532/2012,
propone para el tramo de la ruta en cuestión su incorporación como
extensión de la Red de Accesos a Córdoba, explotada por la Conce-
sionaria Caminos de las Sierras S.A., compartiendo la modalidad y el
criterio adoptado.
Por ello, lo dispuesto por las Leyes Nros. 8631, 8836, por los Decre-
tos Nros. 1590/1997, 1598/1997, 1532/2012 y 427/2013, lo dictaminado
por la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Vivienda,
Arquitectura y Obras Viales con el N° 431/2016, por Fiscalía de Estado
bajo el N° 697/16 y artículo 14 y 29 inc. 12° del Decreto N° 1791/2015,
ratificado por Ley Nº 10.337 y en uso de las atribuciones conferidas por
el artículo 144 incisos 1° y 18° de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1°.- TRANSFIÉRESE e INCORPÓRASE a la Red de Ac-
cesos a Córdoba (R.A.C.), explotada por la Concesionaria Caminos
de las Sierras S.A., el tramo de la Ruta Provincial E- 53, comprendido
desde Rotonda Intersección con la Ruta Provincial N° E-57 hasta la
rotonda de acceso a la Localidad de Salsipuedes, con una extensión
aproximada de 2,1 km.
Artículo 2°.- ENCOMIÉNDASE, FACÚLTASE y AUTORÍZASE, al
señor Ministro de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales a dictar las
resoluciones y realizar las acciones que resulten necesarias a fin de
dar cumplimiento a la transferencia efectiva del tramo de que se trata
a la empresa Caminos de las Sierras S.A., determinando las acciones
relacionadas con la implementación del presente Decreto.
Artículo 3°.- El presente Decreto será refrendado por los señores
Ministro de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales y Fiscal de Estado.
Artículo 4°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el
Boletín Oficial y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR / CR. JOSÉ GARCÍA, MINISTRO DE
VIVIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES / DR. JORGE EDUARDO COR-
DOBA, FISCAL DE ESTADO

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