Decreto N° 1249 1º Sección: Legislación – Normativas
Fecha de Entrada en Vigor | 10 de Octubre de 2017 |
Emisor | Poder Ejecutivo |
Fecha de la disposición | 2 de Agosto de 2017 |
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
1a
4
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXXII - Nº 164
CORDOBA, (R.A.), JUEVES 24 DE AGOSTO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
te Auto Nº 192 de fecha 23/05/11, solicitando la cancelación la anza des-
cripta.
Que obra en autos informe de la Jefatura de Área de Apoderados del Inte-
rior de Procuración del Tesoro dependiente de Fiscalía de Estado, donde
maniesta que la Provincia de Córdoba percibió el importe que le corres-
pondía con motivo de la subasta del bien que integraba el acervo here-
ditario del señor Pedro López, al tiempo que solicita la cancelación de la
anza en cuestión.
Que conforme las sucesivas intervenciones de Contaduría General de la
Provincia luce acreditada la subsistencia de la anza cuya cancelación se
pretende, completándose también la justicación de la legitimación de la
presentante en el trámite de autos.
Que atento lo expuesto y dado el carácter de accesoriedad que reviste la
anza en relación al trámite principal de la herencia vacante que se en-
cuentra concluido, la presente gestión encuadra en las prescripciones de la
Ley N° 3037 y su Decreto reglamentario N° 25387, Serie “B” del año 1942;
por lo que procede hacer lugar a lo propiciado, ordenando a la Dirección
del Registro General de la Provincia, la cancelación de la nota de preven-
ción que consta en el asiento dominial del bien ofrecido en garantía.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictamina-
do por la Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de Finanzas al Nº
270/2017, por Fiscalía de Estado al Nº 894/2017, y en uso de atribuciones
constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1º.- DÉJASE sin efecto la anza oportunamente otorgada por el
señor Oscar Luis MARCOLLESE (hijo) (L.E. Nº 8.439.500) consistente en
un lote de terreno ubicado en la parte E del Solar 8 y parte O del Solar
9 de la Manzana 22 de la Ciudad de Corral de Bustos, Pedanía Liniers,
Departamento Marcos Juárez de esta Provincia, inscripta en la Matrícu-
la N° 167.900 Marcos Juárez (19), Cuenta N° 1905-0095080/7,con motivo
de la denuncia de herencia vacante respecto de los bienes quedados al
fallecimiento del señor Pedro López, la que fuera aceptada por Decreto
Nº 2795/1992, debiendo el Registro General de la Provincia efectuar la
pertinente cancelación en el Asiento Dominial referido.
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro
de Finanzas y Fiscal de Estado.
Artículo 3°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO
DE FINANZAS - JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO
Córdoba, 02 de agosto de 2017
VISTO: El Expediente N° 0027-058191/2015 (2 cuerpos) del registro de la
Dirección General de Administración del Ministerio de Finanzas.
Y CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución N° 126/2015 del Ministerio Finanzas se dispuso
el llamado a concurso de títulos, antecedentes y oposición, en los términos
del artículo 14°, Punto I) de la Ley N° 9361, para cubrir un (1) cargo vacan-
te del Agrupamiento Administrativo –Recursos Humanos y Mesa de Entra-
das– de la Contaduría General de la Provincia, dependiente de la Secre-
taría de Administración Financiera, en el ámbito de la citada Jurisdicción.
Que de conformidad a lo previsto en los artículos 16 y 18 de la Ley N° 9361,
se constituyó la Comisión Laboral de Concurso y Promoción, quien fue la
encargada de determinar el Cronograma del proceso concursal, el que fue
publicitado y publicado en la Página WEB Ocial del Gobierno Provincial.
Que asimismo, mediante Acta N° 1/2015 de la Comisión Laboral de Con-
curso y Promoción, fueron designados los integrantes de los Tribunales de
Concurso de los cargos concursables y se aprobaron los temarios genera-
les y especícos correspondientes a cada uno de los cargos en cuestión,
consignándose las fuentes sugeridas para su estudio, todo lo cual fue pu-
blicado en la citada página WEB.
Que en virtud del cronograma establecido, se recepcionaron las inscrip-
ciones de los postulantes desde el día 27 de julio hasta el día 2 de agosto
de 2015.
Que entre los días 4 al 6 de agosto de 2015 se jó el plazo para las ex-
cusaciones y recusaciones de miembros de los Tribunales de Concursos,
las que, en su caso, fueron debidamente resueltas por parte de la Comi-
sión Laboral de Concurso y Promoción correspondiente, procediéndose a
la conformación denitiva de los Tribunales de Concurso por Resolución
N° 1/2015.
Que se publicó en la página web ocial la conformación denitiva de los
Tribunales de Concurso y la fecha para la prueba de oposición, la que fuera
prevista para el día 22 de agosto de 2015.
Que a requerimiento de la Secretaría de Capital Humano del entonces
Ministerio de Gestión Pública, el Colegio de Escribanos de la Provincia
de Córdoba puso a disposición del Gobierno Provincial profesionales en
todas las jurisdicciones, quienes certicaron el proceso de ensobrado y
custodia de los cuestionarios que los Tribunales de Concurso elaboraron,
y estuvieron presentes durante toda la jornada en que se realizaron las
Pruebas de Oposición.
Que así las cosas, producidas las pruebas de oposición, continuó el proce-
so con la recepción de las Entrevistas Personales, la corrección de dichas
pruebas y la evaluación de los antecedentes de los concursantes inscriptos
y acreditados, culminando la etapa evaluativa con la confección del Orden
de Mérito Provisorio, que fue publicado en el Portal WEB del Gobierno
Provincial.
Que durante los días 25 al 29 de setiembre de 2015 transcurrió el período
para vista de antecedentes y presentación de observaciones, así como las
renuncias al citado orden de mérito.
Que el Tribunal del Concurso o, en su caso, la Comisión Laboral de Con-
curso y Promoción, receptaron, consideraron y respondieron, cuando las
hubo, las presentaciones, requerimientos de información y reclamos efec-
tuados por los concursantes, en los términos establecidos por las Bases
y Condiciones del Concurso, tras lo cual se elaboró el Orden de Mérito
Denitivo, que fue publicado en la Página WEB Ocial.
Que en dicho Orden de Mérito se nominan a las personas que han su-
perado las puntuaciones mínimas exigidas por la ley para acceder a un
(1) cargo vacante del Agrupamiento Administrativo –Recursos Humanos y
Mesa de Entradas– de la Contaduría General de la Provincia, dependiente
de la Secretaría de Administración Financiera del Ministerio de Finanzas.
Que los artículos 12 y 13 de la Ley N° 7233 consignan los requisitos para
el ingreso de personal a la Administración Pública Provincial, por lo cual,
resulta necesario encomendar al Área Recursos Humanos de la Dirección
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba