Decreto N° 1148
Emisor | Poder Ejecutivo |
Fecha de la disposición | 31 de Agosto de 2016 |
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXXII - Nº 211
CORDOBA, (R.A.), JUEVES 27 DE OCTUBRE DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
Artículo 1°.- INCORPÓRASE como párrafo segundo al Artículo 1° del
Decreto N°186/2016, el siguiente texto:
“La Secretaria de Equidad y Promoción del Empleo podrá autorizar
a los señores Secretarios de Equidad y de Promoción del Empleo a
otorgar subsidios y/o ayudas directas, cuando no se supere el límite
indicado en el párrafo precedente, para ser asignados por simple pro-
videncia.”
Artículo 2°.- INCORPÓRASE como párrafo cuarto al Artículo 2° del
Decreto N°186/2016, el siguiente texto.
“La Secretaria de Equidad y Promoción del Empleo podrá otorgar
subsidios a Municipios, comunas y demás entes públicos, con igual
objeto y de similar naturaleza a lo indicado precedentemente, y asig-
nar fondos destinados a solventar obras de infraestructura en inmue-
bles cuando la ejecución de las mismas sea nanciada con recursos
provenientes de! Estado Nacional y/u organismos multilaterales, en
cuyo caso deberá estarse a lo expresamente convenido con dichas
jurisdicciones.”
Artículo 3°-INCORPÓRASE como párrafo tercero al Artículo 30 del
Decreto N°186/2016, el siguiente texto:
“Las ayudas directas podrán otorgarse en dinero, bienes o servicios,
tanto como reembolso de gastos efectuados 6 pudiendo asumir a su
cuenta y orden el costo de los servicios de terceros que deban brin-
darse a los beneciarios, con cargo al presupuesto de la Secretaría de
Equidad y Promoción del Empleo”.
Artículo 4°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Mi-
nistro de Gobierno y Fiscal de Estado y rmado por la señora Secretaria de
Equidad y Promoción del Empleo.
Artículo 5° - PROTOCOLICESE, comuníquese, archívese.
FDO. JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
– JUAN CARLOS MASSEI, MINISTRO DE GOBIERNO – ALEJANDRA VIGO, SE-
CRETARIA DE EQUIDAD Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO – DR. JORGE EDUARDO
CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO.
Decreto N° 1148
Córdoba, 31 de agosto de 2016
VISTO:
El Expediente Nº 0047-002834/2014/R3 del registro del Ministerio de
Vivienda, Arquitectura y Obras Viales.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones la Dirección General de Arquitectu-
ra dependiente del entonces Ministerio de Infraestructura, propicia por Re-
solución Nº 557/2015, la aprobación del Acta Acuerdo de Redeterminación
de Precio por Reconocimiento de la primera variación de costos corres-
pondiente al mes de octubre de 2014, por trabajos faltantes de ejecutar en
el Desarrollo del Proyecto de Ingeniería de Detalles de Estructura y de la
totalidad de las Instalaciones y la Ejecución de la Obra: “CONSTRUCCIÓN
NUEVO EDIFICIO para JARDÍN DE INFANTES PATRICIAS MENDOCI-
NAS, ubicado en calle Forestieri esquina Ibarra – Bº Villa El Libertador
- CÓRDOBA – DEPARTAMENTO CAPITAL”, suscripta el día 8 de julio de
2015, entre el entonces Director General de Arquitectura y el Presidente de
la Empresa DEICO S.A., contratista de la obra.
Que la redeterminación de precio de que se trata encuadra en las pre-
visiones del Decreto Provincial Nº 1231/2010, modicatorio de su similar N°
1133/2010, y lo dispuesto por Resolución Nº 013/2011 del entonces Minis-
terio de Obras y Servicios Públicos y lo establecido por el artículo 30 del
Pliego Particular de Condiciones.
Que mediante Decreto N° 1215 de fecha 31 de octubre de 2014 se
adjudicó la mencionada obra a la Empresa DEICO S.A., suscribiéndose el
correspondiente contrato con fecha 19 de diciembre de 2014.
Que obra en autos la documentación presentada por la contratista fun-
damentando su pedido.
Que la División Certicaciones de la entonces Dirección General de
Arquitectura informa que se ha confeccionado Certicado Extraordinario
de Pago a Cuenta a favor de la contratista.
Que la Sección de Estudio de Costos de la citada Dirección informa
que se han producido una variación en el precio de la obra del 8,52% co-
rrespondiente al mes de octubre de 2014, resultando en un monto total a
imputar de $ 673.724,74, importe resultante de aplicar el incremento citado
al monto contractual faltante de ejecutar, deducido el 10% de utilidad inva-
riable, ascendiendo el nuevo precio de la obra a $ 9.461.961,68.
Que la contratista ha renunciado a todo reclamo por mayores costos,
compensaciones, gastos improductivos o supuestos perjuicios de cual-
quier naturaleza en los términos del artículo 16 del Anexo al Decreto Nº
1231/10 modicatorio del 1133/2010.
Que en consecuencia, vericada la existencia de los supuestos que
tornan procedente la aplicación del régimen de que se trata, la entonces
Dirección General de Arquitectura ha considerado conveniente la redeter-
minacion del precio del contrato, por lo que suscribió con la contratista el
Acta Acuerdo de Redeterminación de Precio por Reconocimiento de varia-
ción de costos.
Que se agrega Documento Contable-Nota de Pedido N° 2016/000025
que certica la reserva presupuestaria para atender la erogación que lo
gestionado implica.
Por ello, las actuaciones cumplidas, las normas legales citadas, lo
prescripto en el artículo 14 del Anexo I al Decreto N° 1231/10, modicatorio
de su similar N° 1133/10, lo dictaminado por el Departamento Jurídico del
entonces Ministerio de Infraestructura con el N° 466/2015, por Fiscalía de
Estado bajo el N° 000379/2016 y en uso de las atribuciones constituciona-
les;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
Artículo 1º.- APRUÉBASE el Acta Acuerdo de Redeterminación de
Precio por Reconocimiento de la primera Variación de Costos correspon-
diente al mes de octubre de 2014, por trabajos faltantes de ejecutar en el
Desarrollo del Proyecto de Ingeniería de Detalles de Estructura y de la
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