Decreto N° 1110 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición25 de Agosto de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXXII - Nº 211
CORDOBA, (R.A.), JUEVES 27 DE OCTUBRE DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
totalidad de las Instalaciones y la Ejecución de la Obra: “CONSTRUCCIÓN
NUEVO EDIFICIO para JARDÍN DE INFANTES PATRICIAS MENDOCI-
NAS, ubicado en calle Forestieri esquina Ibarra – Bº Villa El Libertador
- CÓRDOBA – DEPARTAMENTO CAPITAL”, por la suma total de Pesos
Seiscientos Setenta y Tres Mil Setecientos Veinticuatro con Setenta y Cua-
tro Centavos ($ 673.724,74), suscripta el día 8 de julio de 2015, entre el
entonces Director General de Arquitectura, Arquitecto Ricardo ROGNONI,
por una parte, y el Presidente de la Empresa DEICO S.A, Ingeniero Juan
Antonio QUAGLIA, contratista de la obra, por la otra, que como Anexo I,
compuesto de tres (3) fojas, se acompaña y forma parte integrante del
presente instrumento legal.
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma de Pe-
sos Seiscientos Setenta y Tres Mil Setecientos Veinticuatro con Setenta y
Cuatro Centavos ($ 673.724,74), con cargo a Jurisdicción 1,35, Programa
378-000, Partidas 12.06.00.00 del P.V., conforme lo indica la Dirección Ge-
neral de Administración del Ministerio de Educación en su Documento de
Contabilidad (Nota de Pedido) N° 2016/000025.
Artículo 3°.- FACÚLTASE al señor Secretario de Arquitectura a sus-
cribir la Enmienda de Contrato por redeterminación de precio, debiendo la
Empresa DEICO S.A., integrar el importe adicional de garantía de cumpli-
miento de contrato.
Artículo 4°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Mi-
nistro de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales y Fiscal de Estado.
Artículo 5º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dése intervención a
la Dirección General de Administración del Ministerio de Educación, al Tri-
bunal de Cuentas de la Provincia, notifíquese, publíquese en el Boletín
Ocial, pase a la Secretaría de Arquitectura a sus efectos y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - JOSÉ GARCÍA, MINISTRO DE VIVIEN-
DA, ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES - JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL
DE ESTADO
Anexo: https://goo.gl/bWqKrx
Decreto N° 1110
Córdoba, 25 de agosto de 2016
VISTO:
El expediente Nº 0047-015845/2011/R18 del registro del Ministerio de
Vivienda, Arquitectura y Obras Viales.
Y CONSIDERANDO:
Que en los presentes actuados la Secretaría de Arquitectura de la car-
tera ministerial antes mencionada propicia por Resolución N° 089/2016, la
aprobación del Acta Acuerdo de Redeterminación de Precio por Recono-
cimiento de la Séptima y Octava Variación de Costos correspondiente a
los meses de mayo y agosto de 2014, por trabajos faltantes de ejecutar
en la obra: “CONSTRUCCIÓN NUEVO EDIFICIO PARA I.P.E.M. Nº 256
ANEXO – LIBERTADOR GENERAL DON JOSÉ DE SAN MARTÍN, ubi-
cado en calle Andrés Costa s/Nº - Bº Pueblo La Carolina – Localidad
de Noetinger – Departamento Unión – Provincia de Córdoba”, suscripta
el día 5 de marzo de 2015, entre el entonces Director General de Arqui-
tectura y el Apoderado de la firma SALSITECO S.A., contratista de la
obra, a la fecha referenciada
Que la redeterminación de precio de que se trata encuadra en
las previsiones del Decreto N° 1231/2010, modificatorio de su similar
1133/2010 y lo dispuesto por Resolución N° 013/2011 del entonces Mi-
nisterio de Obras y Servicios Públicos, conforme lo establecido por el
artículo 21 del Pliego Particular de Condiciones.
Que los citados trabajos fueron adjudicados a la firma SALSITECO
S.A., mediante Decreto N° 1587 de fecha 29 de septiembre de 2011 y
mediante Decreto Nº 1200 de fecha 30 de octubre de 2015 se autorizó
la cesión del contrato de la obra de que se trata a la Empresa ASTORI
CONSTRUCCIONES S.A.
Que obra en autos la documentación presentada por la contratista
fundamentando su pedido.
Que por Decreto N° 572/2016 de aprobó Acta Acuerdo de Rede-
terminación de Precio por Reconocimiento de la Sexta Variación de
Costos correspondiente al mes de febrero de 2014, suscripta con fecha
24 de abril de 2014.
Que la División Certificaciones de la entonces Dirección General
de Arquitectura informa que a los meses de mayo/2014 y agosto/2014
la obra contaba con un avance del 36,48% y 39,09%, respetivamente,
y que se ha liquidado a mayo/2012 un porcentaje del 20% en concepto
de Certificado Extraordinario de Pago a Cuenta a favor de la contratis-
ta.
Que la Sección de Estudio de Costos de la entonces Dirección Ge-
neral de Arquitectura, informa que se han producido variaciones en
el precio de la obra del 14,07% y 7,77%, correspondiente a los me-
ses de mayo y agosto de 2014, que implican montos a imputar por $
1.227.243,28 y $ 714.038,86, respectivamente; resultando en un mon-
to total a imputar de $ 1.941.282,14, importe resultante de aplicar al
monto contractual faltante de ejecutar, al mes de cada salto, una vez
deducido el 10% de Utilidad Invariable y el 20 % liquidado en Concepto
de Certificado Extraordinario (Pago a Cuenta); ascendiendo el nuevo
presupuesto de la obra a la suma de $ 20.713.549,62.
Que la contratista ha renunciado a todo reclamo por mayores cos-
tos, compensaciones, gastos improductivos o supuestos perjuicios de
cualquier naturaleza en los términos del artículo 16 del Anexo al Decre-
to 1231/2010, modificatorio de su similar N° 1133/2010.
Que glosa el Documento Contable (Nota de Pedido N° 2016/000047)
que certifica la reserva presupuestaria para atender la erogación que lo
gestionado implica.
Que en consecuencia, verificada la existencia de los supuestos que
tornan procedente la aplicación del citado instrumento legal, la enton-
ces Dirección General de Arquitectura ha considerado conveniente la
redeterminación del precio del contrato, por lo que suscribió con la
contratista el Acta Acuerdo de Redeterminación de precio por Recono-
cimiento de la Séptima y Octava Variación de Costos correspondiente
a los meses de mayo y agosto de 2014.
Por ello, las actuaciones cumplidas, las normas legales citadas, lo
dictaminado por el Departamento Jurídico de la Dirección General de
Asuntos Legales del Ministerio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales
con el N° 087/2016, por Fiscalía de Estado bajo el N° 522/16 ,y en uso
de sus atribuciones constitucionales;

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