Decreto Nº 1043

Fecha de Entrada en Vigor20 de Mayo de 2018
Fecha de la disposición11 de Mayo de 2018

DECRETO Nº 1043

SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”,

11 MAY 2018

VISTO:

El Expediente N° 00320-0004933-2 del S.I.E. relacionado con la Política Salarial, para el personal de la Administración Pública Provincial; y

CONSIDERANDO:

Que desde cierre de las negociaciones paritarias se han producido cambios en el contexto económico y social que ameritan reconsiderar algunos aspectos de la Política Salarial acordada para el sector alcanzado por el presente Decreto;

Que en virtud de lo precedente, se estima oportuno otorgar una Asignación de carácter no remunerativo y no bonificable, por única vez y por persona, a todos los agentes activos contenidos por este Decreto, teniendo por fundamento la necesidad de menguar el impacto de los cambios antes mencionados;

Que esta asignación será abonada en un solo pago durante el presente mes;

Que por otro lado y por idénticas razones, resulta necesario readecuar la cláusula de resguardo salarial para todos los agentes de la Administración Pública Provincial para que en caso de que al mes de mayo de 2018 la evolución del índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado y publicado por el Instituto Provincial de Estadística y Censos (IPEC) observe un incremento acumulado que supere el 9% respecto al valor del índice de diciembre 2017, los haberes de junio y julio se actualicen aplicando el porcentaje de evolución acumulada a mayo del IPC sobre los sueldos vigentes a diciembre de 2017, a cuenta de los incrementos propuestos para el mes de agosto, respetándose la composición salarial acordada y en el caso que la evolución del Indice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado y publicado por el Instituto Provincial de Estadística y Censos (IPEC) observe un incremento acumulado que supere el 18% respecto al valor del índice de diciembre 2017, los salarios se actualicen en el mes subsiguiente aplicando dicho porcentaje de evolución acumulada del IPC sobre los sueldos vigentes a diciembre de 2017, respetándose la composición salarial acordada, siendo esta cláusula operativa hasta el mes de diciembre de 2018, inclusive;

Que lo establecido en los considerandos precedentes será aplicable a los agentes incluidos en el Escalafón Decreto-Acuerdo N° 2695/83, al Personal de la Administración Provincial de Impuestos (Decreto N° 4447/92) y del Servicio de Catastro e...

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