Decreto N° 1043 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor10 de Octubre de 2017
EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición12 de Julio de 2017
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXXI - Nº 138
CORDOBA, (R.A.), MARTES 18 DE JULIO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
Decreto N° 1043
Córdoba, 12 de Julio de 2017
VISTO: El Expediente N° 0494-132999/2017 del registro de la Dirección de
Coordinación de Asuntos Legales del Ministerio de Educación.
Y CONSIDERANDO :
Que por las presentes actuaciones se tramita la delimitación de las
competencias exclusivas del Instituto Superior de Estudios Pedagógicos
(ISEP), el que fuera creado mediante Decreto N° 369/2016, en relación
a la evaluación de proyectos de formación docente post-inicial y la deter-
minación de las autoridades competentes para la aprobación de dichos
proyectos.
Que insta la presente gestión el titular de la cartera actuante, dando
cuenta de la imperiosa necesidad de implementar ajustes en la política
de capacitación del personal docente, directivo y de supervisión; lo que
conseguirá benecios para el sistema educativo, dinamizando el proceso
formativo y permitiendo lo incorporación de conocimientos, herramientas y
metodologías necesarias y sucientes para el ejercicio del rol profesional
docente en los entornos educativos.
Que la Ley Nacional de Educación N° 26206 establece en su art. 67
inc. b) que la capacitación y actualización integral, en servicio, gratuita, y
a lo largo de toda la carrera es un derecho y un deber de cada docente,
concordando con ello, lo estipulado en el art. 7° A) inc. c) y B) inc. c) de la
Ley Provincial de Educación N° 9870.
Que en tal sentido por Decreto N° 1605/2003, se dispuso la constitu-
ción de la Red Provincial de Formación Docente Continua, en cuyo ámbito
deberán presentarse todos los proyectos de capacitación actualización y
perfeccionamiento docente de todos los niveles y modalidades del sistema
educativo provincial, previo registro de las entidades oferentes, a n de
ser aprobadas por resolución interna de la entidad, merituadas en créditos
para luego ser transformadas en puntos según la Junta de Clasicaciones
de que se trate.
Que en relación a las políticas de capacitación, actualización y perfec-
cionamiento docente, por Decreto N° 369/2016 se creó el Instituto Superior
de Estudios Pedagógicos (I.S.E.P.) como institución dependiente del Mi-
nisterio de Educación, que tiene como objetivos prioritarios el diseño, la
gestión e implementación de trayectos formativos, tanto para los docentes
en ejercicio, en proceso de formación inicial y quienes se desempeñen en
otros roles institucionales con responsabilidad pedagógica, en cargos de
gestión y conducción de las instituciones educativas y para quienes aspi-
ran a ellos, en el marco de los lineamientos del Plan Educativo Provincial.
Que en tal virtud, corresponde adecuar los procedimientos de acredi-
tación, certicación y adjudicación de puntaje a los trayectos de formación
y capacitación que se originen y efectivicen en el orden ocial a través de
sus Institutos Superiores, como competencia exclusiva y excluyente del
Instituto Superior de Estudios Pedagógicos (I.S.E.P.) y de la Secretaría
de Educación, ambos dependientes del Ministerio actuante; prosiguiendo
la Red Provincial de Formación Docente Continua á con su cometido, cir-
cunscripto a las ofertas de capacitación de orden ocial y/o privado que no
se encuentren en las hipótesis precedentes.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dispuesto por los
artículos 43, 47, 89 inc f) y concordantes de la Ley N° 9870, lo dictaminado
por el Área Jurídica del Ministerio de Educación con el N° 1250/17, por
Fiscalía de Estado bajo el N° 755/2017 y en uso de atribuciones conferidas
por los artículos 63 y 144 inc. 1° de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1°. ESTABLÉCESE que, a los nes del reconocimiento ocial
y valoración de antecedentes docentes, en el ámbito de la Provincia de
Córdoba, todos los proyectos de formación docente post-inicial que se in-
cluyan en las categorías que se describen a continuación, serán evaluados
por el Instituto Superior de Estudios Pedagógicos (I.S.E.P.), dependiente
del Ministerio de Educación:
A) Postítulos (actualización académica, especialización y diploma-
tura).
B) Todas las ofertas de formación para equipos directivos, de su-
pervisión y para aquellos que aspiren a concursar cargos jerárquicos,
directivos y de supervisión.
Artículo 2° . DETERMÍNASE que los proyectos de formación a que
se reere el artículo anterior 1° apartado A), en cuanto hubieren obteni-
do dictamen favorable, así como toda oferta de formación que se origine
en el aludido Instituto Superior de Estudios Pedagógicos (I.S.E.P.), serán
aprobadas por Resolución de la Secretaría de Educación, dependiente del
Ministerio de Educación.
Artículo 3°. ESTABLÉCESE que las ofertas de formación comprendi-
das en el artículo 1° -inciso B)- del presente Decreto, que no sean postí-
tulos, serán aprobadas por Resolución de la Red Provincial de Formación
Docente Continua, en cuanto hubieren obtenido dictamen favorable del
mencionado Instituto Superior de Estudios Pedagógicos (I.S.E.P.).
Artículo 4°. LAS propuestas de formación evaluadas y aprobadas en
las condiciones establecidas en los artículos precedentes, se regirán en
cuanto a su implementación de acuerdo a las especicaciones estableci-
das por las normativas provinciales vigentes.
Artículo 5º. El presente Decreto será refrendado por los señores Mi-
nistro de Educación y Fiscal de Estado.
Artículo 6°. PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bole-
tín Ocial y archívese.
FDO. JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR – WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE
EDUCACION – JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
Córdoba, 12 de Julio de 2017
VISTO:La situación por la que atraviesa la Localidad de Isla Verde, Depar-
tamento Marcos Juárez, Provincia de Córdoba.
Y CONSIDERANDO:
Que en virtud de la ocurrencia de fenómenos climáticos adversos
acaecidosel día 8 de mayo del año 2017,en la localidad antes mencionada,
se han producido inundaciones y anegamientos extraordinarios, lo cual ha
provocado graves consecuencias en los habitantes de dicha localidad y da-

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