Decreto N° 1.991

EmisorMinisterio Desarrollo Social y Der. Hum.
Fecha de la disposición 3 de Noviembre de 2014

DECRETO N° 1.991

Mendoza, 3 de noviembre de 2014

Visto el expediente 1892-D-2014-77762, en el cual se solicita la aprobación del Convenio de Cooperación, suscripto oportunamente entre el Ministerio de Desarrollo Social y Derechos Humanos, representado en ese acto por su titular, Prof. Cristian Pablo Bassin, por una parte y la Asociación Mutual Israelita Argentina, Comunidad de Buenos Aires, representada por su Vicepresidente 1º, Sr. Ralph Thomas Saieg y la Federación Económica de Mendoza, representada por su Presidente, Sr. Adolfo Antonio Trípodi, por la otra, y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 103 del expediente de referencia obra autorización expresa del Titular del Ejecutivo Provincial, en el marco de lo normado por el Art. 9° del Decreto-Acuerdo N° 155/14.

Por ello, en razón del pedido formulado, habiéndose diligenciado el pertinente volante de imputación preventiva, lo dictaminado por Asesoría Letrada, la conformidad de la Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de Desarrollo Social y Derechos Humanos y de acuerdo a lo normado en el Art. 2°, inc. i), de la Ley N° 8637,

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Apruébese el Convenio de Cooperación, suscripto oportunamente entre el Ministerio de Desarrollo Social y Derechos Humanos, representado en ese acto por su titular, Prof. Cristian Pablo Bassin, por una parte y la Asociación Mutual Israelita Argentina, Comunidad de Buenos Aires, representada por su Vicepresidente 1º, Sr. Ralph Thomas Saieg y la Federación Económica de Mendoza, representada por su Presidente, Sr. Adolfo Antonio Trípodi, por la otra, el que en fotocopia autenticada, como Anexo, forma parte integrante del presente decreto.

Artículo 2º

El gasto que demande la ejecución del Convenio aprobado por el Art. 1° del presente decreto, será atendido por el Área Contable de la Dirección Ejecutiva del Fondo de Inversión y Desarrollo Social (FIDeS), Ministerio de Desarrollo Social y Derechos Humanos, con cargo a la siguiente partida del presupuesto vigente año 2014:

U.G. Crédito: 297046 43104 000 U.G. Gasto: 220002

Artículo 3º

Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.

FRANCISCO HUMBERTO PEREZ

Cristian Pablo Bassin

______

ANEXO

CONVENIO DE COOPERACION

Entre el Ministerio de Desarrollo Social y Derechos Humanos de la Provincia de Mendoza (en adelante "El Ministerio") representado por el Señor Ministro de Desarrollo Social y Derechos Humanos, Cristian Pablo Bassin con domicilio en Casa de Gobierno, Peltier 351, Quinto Piso Cuerpo Central, Ciudad, Mendoza, ad referéndum del Poder Ejecutivo y por la otra la Asociación Mutual Israelita Argentina, representada por su Vicepresidente en ejercicio el Sr. Ralph Thomas Saieg, con domicilio legal en Pasteur 633, Ciudad de Buenos Aires (en adelante "AMIA"), y la Federación Económica de Mendoza, representada por su Presidente el Sr. Adolfo Trípodi, con domicilio legal en Pedro Molina 471, Ciudad de Mendoza (en adelante "FEM") y con el propósito de formalizar los términos en que se desarrollará la cooperación entre las partes para actividades de promoción del empleo y la empleabilidad en el ámbito de la Provincia de Mendoza.

Cláusula I: El presente convenio tiene los siguientes objetivos:

  1. Fomentar espacios de cooperación interinstitucional de promoción del trabajo y el empleo.

  2. Orientar a personas en situación de vulnerabilidad social, comprendidos o no en programas sociales, incentivando la promoción de capacidades a través del empleo, el autoempleo y la formación para el trabajo.

  3. Fortalecer el desarrollo de capacidades de gestión de los municipios y otras entidades prestadoras de servicios de intermediación laboral de la Provincia.

  4. Incentivar la participación y el compromiso del sector empresarial en las acciones de intermediación y capacitación laboral.

Cláusula II: Las acciones comprendidas en el presente Convenio tienen por objeto favorecer condiciones para el efectivo goce de los derechos, mediante el acceso al empleo y el autoempleo de personas en situación de vulnerabilidad social beneficiarias o no de programas sociales, favoreciendo su definitiva inclusión social y fomentando su autonomización respecto de acciones asistencialistas.

Cláusula III: El Servicio de Empleo AMIA-FEM, tendrá como funciones: (i) desarrollar un programa de inclusión socio laboral para los colectivos de personas determinados por El Ministerio, (ii) ofrecer talleres de apoyo a la búsqueda de empleo a los grupos de personas determinadas por El Ministerio, (iii) otorgar capacitación en técnicas especializadas a las personas emprendedoras propuestas por El Ministerio, (iv) realizar actividades de RSE con empresas asociadas a la FEM.

Cláusula IV: La FEM será responsable de desarrollar todas las actividades de promoción, información, capacitación e intermediación laboral entre la población desocupada y las empresas de la Provincia de Mendoza. El Ministerio colaborará y articulará con el Servicio de Empleo AMIA-FEM, para asegurar la inclusión de población desocupada atendida en programas sociales, por las distintas instancias de los gobiernos Provincial y Municipales, en las acciones de promoción e intermediación laboral. La población meta de las acciones en este Convenio se compondrá, de manera prioritaria, por personas desocupadas, en situación de pobreza y/o vulnerabilidad incluidas en los distintos programas administrados por El Ministerio.

Cláusula V: La FEM establecerá su sede en una zona céntrica del Gran Mendoza y deberá notificar a El Ministerio de manera fehaciente el domicilio y teléfono de contacto de la sede.

Cláusula VII: El Ministerio no será responsable por los distintos derechos que pudiera generar la contratación de servicios profesionales por parte del Servicio de Empleo AMIA-FEM o por la AMIA o la FEM. Estas relaciones no generan la obligación de incorporar nuevo personal a Ministerio, (ii) ofrecer talleres de apoyo a la búsqueda de empleo a los grupos de personas determinadas por El Ministerio, (iii) otorgar capacitación en técnicas especializadas a las personas...

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