Decreto Nº 1.954

EmisorMunicipalidad de Godoy Cruz
Fecha de la disposición15 de Diciembre de 2015

DECRETO Nº 1.954

Godoy Cruz, 15 de diciembre de 2015

Visto: El Decreto Municipal Nº 1506/03 que establece el procedimiento administrativo para la aplicación de sanciones disciplinarias a los agentes municipales, ante la eventual comisión de faltas disciplinarias, faltas de puntualidad (tardanzas) y asistencias, y el procedimiento sumarial; y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesaria una revisión del procedimiento vigente, en relación a las faltas de puntualidad y asistencia, y disposiciones generales, dispuestas en los Capítulos II y III, respectivamente, del mencionado decreto, en lo que respecta a las unidades organizativas que intervienen en el mismo,

Que es facultad del Departamento Ejecutivo reglamentar el trámite disciplinario para el personal de su dependencia, conforme lo establece el artículo 105º, incs. 3 y 8 de la Ley 1.079 y artículo 46º de la Ley 5.892;

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL

DECRETA:

Artículo 1º

Modifícase, los Artículos 11º, 12º, 13º, 15º y 16º de los Caps. II y III del Decreto Nº 1506/03, conforme al siguiente detalle:

Artículo 11º

Sustitúyese los términos: "Departamento de Personal", por "Subdirección de Recursos Humanos" y "Dirección de Administración" por "Secretaría Legal y Técnica".

Artículo 12º

Sustitúyese la expresión: "Dirección de Administración", por "Secretaría Legal.

y Técnica".

Artículo 13º

Sustitúyese la denominación: "Dirección de Administración", por "Secretaría Legal y Técnica".

Artículo 15º

Agrégase, donde dice: "…donde presente servicio el agente infractor", el siguiente texto: "salvo cuando se trate de faltas de puntualidad y asistencia, que serán aplicadas por la Secretaría Legal y Técnica".

Artículo 16º

Sustitúyese el término "Delegar" por "Delégase".

Sustitúyese el párrafo "…de Gobierno, Hacienda y Ambiente, Obras y Servicios Públicos y en el Director de Administración" por el siguiente: "… de Gobierno, Hacienda, Ambiente, Obras y Servicios Públicos y Legal y Técnica".-

Artículo 2º

Tómese conocimiento por las dependencias municipales.

Artículo 3º

Comuníquese. Dése al Registro Municipal y archívese.

Tadeo García Zalazar

Intendente

Ricardo Tribiño

Secretario de Gobierno

Alberto F. Cuaranta

Secretario Legal y Técnico

Miguel José Catalano

Secretario de Hacienda

Diego J. Coronel

Sec. de Ambte. O. y S. Públicos

Bto. 16367

Publicación: por única vez el 18/01/16

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