Decreto N° 1.898

EmisorMrio de Agroindustria
Fecha de la disposición 5 de Noviembre de 2015

DECRETO N° 1.898

Mendoza, 5 de noviembre de 2015

Visto el expediente N° 2731-D-2014-01409 en el cual se tramita la aprobación del Convenio de Colaboración suscripto entre la Provincia de Mendoza representada por el Ministerio de Agroindustria y Tecnología, la Dirección de Industria y Comercio y la Municipalidad de Malargüe; y

CONSIDERANDO:

Que en fecha 09 de enero de 2015 se suscribió el Convenio de Colaboración de referencia, mediante el cual las partes intervinientes implementarán acciones conjuntas para el desarrollo de actividades, proyectos de inspección en relación con la sanidad, genuinidad y rotulación de los alimentos, de acuerdo al ámbito de competencia de cada Organismo según las normas legales que son de aplicación de cada una de las partes;

Que las acciones a que hace referencia la Cláusula Primera del mencionado Convenio de Colaboración, tienen por objetivo evitar duplicidades y fortalecer la inversión eficaz de los recursos;

Por ello, conforme con lo dispuesto por el Artículo 2° inciso i) de la Ley N° 8637 y lo dictaminado por las Asesorías Letradas de la Dirección de Industria y Comercio a fojas 5/6, 11 y del Ministerio de Agroindustria y Tecnología a fojas 18 y 34 y vuelta del expediente N° 2731-D-2014-01409,

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1°

Apruébese el Convenio de Colaboración suscripto en fecha 09 de enero de 2015, entre la Provincia de Mendoza representada por el Señor Ministro de Agroindustria y Tecnología Contador Marcelo Fabián Costa "ad referéndum" del Poder Ejecutivo, la Dirección de Industria y Comercio representada por su Director Señor Facundo Adrián Esnal Argento y la Municipalidad de Malargüe representada por su Intendente Contador Juan Antonio Agulles, por los motivos expuestos en los considerandos del presente decreto y que en fotocopia certificada forma parte del mismo.

Artículo 2°

El presente decreto será refrendado por el Señor Ministro de Agroindustria y Tecnología y por el Señor Ministro de Trabajo, Justicia y Gobierno.

Artículo 3°

Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.

FRANCISCO HUMBERTO PEREZ

Marcelo Fabián Costa

Rodolfo Manuel Lafalla

Convenio de Colaboración

Entre el Ministerio de Agroindustria y Tecnología del Gobierno de la Provincia de Mendoza, representado por el Sr. Ministro Cdor. Marcelo Costa, que actuará a través de la Dirección de Industria y Comercio, representada en este acto por su Director...

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