Decreto N° 1.729

EmisorMrio. de Gbno. Trabajo y Justicia
Fecha de la disposición30 de Noviembre de 2016

DECRETO N° 1.729

Mendoza, 30 de noviembre de 2016

Visto el Expediente N° 574-D-2016-20108, en el cual se tramita la transferencia de la agente Sandra Beatriz Lucero del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia al Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas; y

CONSIDERANDO:

Que la agente Lucero se encuentra prestando servicios en el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas desde el 01 de agosto de 2016;

Que para realizar dicha transferencia se debe modificar la Planta de Personal prevista en el Presupuesto General vigente año 2016;

Que a fojas 07 y 10 obran informes de la Subdirección de Personal del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia;

Que la agente Lucero se encuentra incluida en el Régimen del Adicional de Mayor Dedicación del 33%, establecido por el Artículo 59 de la Ley N° 5126, modificado por el Artículo 20 de la Ley N° 5811 y su modificatoria, prorrogado automáticamente por diversas normas legales siendo la última por Decreto N° 107/16 hasta el 31 de diciembre de 2016;

Que a fojas 08 obra la autorización expresa del Señor Gobernador y del señor Ministro de Hacienda y Finanzas;

Que a fojas 11/13 obra dictamen de Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia;

Por ello, de conformidad con lo dispuesto por los Artículos 10 inc. c) y 27 inciso b) de la Ley N° 8838, el Artículo 2, 9 y 25 del Decreto-Acuerdo N° 282/2016,

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 2°

Modifíquese la Planta de Personal prevista en el Presupuesto General vigente año 2016 de la Administración Pública Provincial y transfiérase al Carácter, Jurisdicción, Unidad Organizativa, Clasificación Presupuestaria, Ubicación Escalafonaria, Clase y Unidad de Gestión, al agente y el cargo como se indica en Planilla Anexa II, que forma parte integrante del presente decreto.

Artículo 3°

La agente Lucero continuará incluida en el Régimen del Adicional de Mayor Dedicación del 33%, establecido por el Artículo 59° de la Ley N° 5126, modificado por el Artículo 20° de la Ley N° 5811 y su modificatoria, prorrogado automáticamente por diversas normas legales siendo la última por Decreto N° 107/16 hasta el 31 de diciembre de 2016.

Artículo 4°

La transferencia dispuesta por el artículo anterior no modifica el carácter de permanente, interino, licenciado, con retención del cargo o cualquier otra circunstancia en que se encuentre el agente en la...

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