Decreto Nº 1.660

EmisorMinisterio de Hacienda
Fecha de la disposición 2 de Julio de 2008

DECRETO Nº 1.660

Mendoza, 2 de julio de 2008

Visto el Expediente Nº 784 - Letra M - Año 2008 - Código 01027 donde se tramita la solicitud de fondos de la Municipalidad de Santa Rosa para atender desequilibrios financieros, y

CONSIDERANDO:

Que el Poder Ejecutivo se encuentra facultado para otorgar anticipos transitorios de fondos a las Municipalidades, en los términos del artículo 58º bis de la Ley Nº 3799 y su modificatoria;

Que la ley citada exige que dichos anticipos sean reintegrados dentro del ejercicio y garantizados debidamente por el Municipio;

Que la Comuna garantiza el adelanto de los fondos con los importes que tiene a percibir de la Provincia provenientes del régimen de participación municipal previsto en la Ley Nº 6396 y sus modificatorias.

Por ello,

EL GOBERNADOR DE

LA PROVINCIA

DECRETA:

El anticipo que se otorga por el presente decreto se encuentra garantizado con los fondos provenientes de la participación municipal que le corresponde al Municipio en virtud de lo dispuesto en la Ley Nº 6396 y sus modificatorias.

Artículo 2º

El importe que se detalla en el artículo anterior se imputará con cargo a la partida: 1-2-2-1-01-001 6: Anticipo a Municipalidad de Santa Rosa.

Artículo 4º

El presente decreto será refrendado...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR