Decreto Nº 1.061
Emisor | Ministerio de Salud |
Fecha de la disposición | 26 de Mayo de 2009 |
DECRETO Nº 1.061
Mendoza, 26 de mayo de 2009
Visto el expediente 1222-M-09-77770, en el cual se solicita la aprobación del Convenio, celebrado oportunamente entre el Ministerio de Salud de La Nación, representado por la Sra. Ministra Lic. Graciela Ocaña y el Ministerio de Salud de la Provincia, representado por el Sr. Ministro Dr. Aldo Sergio Saracco, con el objeto de lograr el control de la transmisión vectorial de la enfermedad de Chagas a través de la formación de recurso humano, mediante el otorgamiento de becas de formación y capacitación en actividades tendientes al control, vigilancia, promoción y prevención de la enfermedad mencionada, en el marco del Programa Nacional de Chagas,
Por ello, en razón del pedido formulado,
EL GOBERNADOR
DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Apruébese el Convenio, celebrado oportunamente entre el Ministerio de Salud de la Nación, representado por la Sra. Ministra Lic. Graciela Ocaña y el Ministerio de Salud de la Provincia, representado por el Sr. Ministro Dr. Aldo Sergio Saracco, con el objeto de lograr el control de la transmisión vectorial de la enfermedad de Chagas a través de la formación de recurso humano, mediante el, otorgamiento de becas de formación y capacitación en actividades tendientes al control, vigilancia, promoción y prevención de la enfermedad mencionada, en el marco del Programa Nacional de Chagas, el que en fotocopia autenticada como Anexo forma parte integrante del presente decreto.
Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.
CELSO ALEJANDRO JAQUE
Aldo Sergio Saracco
________
ANEXO
Convenio entre el Ministerio
de Salud de la Nación y el Ministerio de Salud Pública de la Provincia de Mendoza para la Puesta en Marcha del Componente de Formación de Recurso Humano Vinculado al Control del Vector del Programa Nacional de Chagas.
Entre el Ministerio de Salud representado en este acto por la Sra. Ministra
de Salud, Lic. Dña. Graciela Ocaña, con domicilio en la Av. 9 de Julio N° 1925, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante "Nación", por una parte y por la otra el Ministerio de Salud Pública de Provincia
de Mendoza, representado en este acto por el Dr. Aldo Sergio Saracco con domicilio en Casa de Gobierno 5º piso, de la Ciudad de Mendoza, en adelante "Provincia", se conviene en celebrar el presente Convenio para la puesta en marcha del Programa Nacional de Chagas, en lo referente al Componente de formación del recurso humano vinculado al control del vector.
OBJETO GENERAL
Cláusula Primera. El presente convenio tiene por objeto el logro del control de la transmisión vectorial de la enfermedad de Chagas a través de la formación de recurso humano mediante el otorgamiento de becas de formación y capacitación en actividades tendientes al control, vigilancia, promoción y prevención de la enfermedad de Chagas, en el marco del Programa Nacional de Chagas, el que fue creado por Resolución Ministerial N° 1687/2006 y su modificatoria N° 1543/2008 y según las fases y modalidades de implementación allí previstas.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
Cláusula Segunda. Serán objetivos específicos del presente Convenio:
-
Formar recurso humano capacitado en realizar un seguimiento y búsqueda activa de familias vulnerables y en situación de riesgo de la enfermedad de chagas.
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Desarrollar esquemas de planificación participación para la intervención en las comunidades de riesgos.
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Instrumentar actividades de comunicación y educación, vinculadas a la temática específica.
-
Promover prácticas de
prevención y promoción de la salud con la participación de la comunidad, del área geográfica asignada.
-
Realizar actividades de detección, reconocimiento e intervención sobre el vector en las viviendas y peridomicilios.
-
Realizar acciones de cuidado, mejoramiento y preservación del hábitat.
-
Registrar la información periódica que se requiera desde el Programa.
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