Decreto n° 1.534

EmisorMinisterio de Ambiente y Obras Publicas
Fecha de la disposición14 de Agosto de 0007

DECRETO Nº 1.534

Mendoza, 28 de junio de 2007.

Visto el expediente Nº 242-D-2007-03834, en el cual se eleva para su aprobación el "Acta Complementaria para la Gestión Transitoria de Residuos de Pilas y Baterías, Departamento Lavalle - Mendoza", del Convenio aprobado por Decreto Nº 2834/05 y,

CONSIDERANDO:

Que el Convenio aprobado por la referida norma legal fue suscripto entre la Provincia de Mendoza y la Municipalidad de Lavalle para el desarrollo de un "Programa Piloto para la Gestión Transitoria de Residuos de Pilas y Baterías" en el marco del Plan Provincial de Residuos Sólidos Urbanos y del Convenio marco aprobado por Decreto Nº 1929/97.

Que según surge del informe de fojas 1 del expediente 242-D-07-03834, el Municipio de Malargüe no finalizó durante el ejercicio correspondiente las tareas consignadas en el Artículo 2º del mencionado Convenio, por lo que resulta necesario ampliar el plazo para su culminación, por el término y en las condiciones establecidas en el Acta Complementaria cuya aprobación se tramita en autos.

Que a fojas 25 obra comprobante emitido por la Dirección de Saneamiento y Control Ambiental sobre la transferencia de los fondos efectuados oportunamente a la mencionada comuna.

Por ello y en razón de lo dictaminado por la Asesoría Legal del Ministerio y Asesoría de Gobierno,

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Apruébese el "Acta Complementaria para la Gestión Transitoria de Residuos de Pilas y Baterías, Departamento Lavalle - Mendoza", del Convenio aprobado por Decreto Nº 2834/05. La referida Acta Complementaria, suscripta entre la Provincia de Mendoza, representada por el Señor Ministro de Ambiente y Obras Públicas, Ingeniero Francisco Darío Morandini y la Municipalidad de Lavalle, representada por el señor Intendente Dn. Rodolfo Righi, el que en fotocopia autenticada constante de una (1) hoja, integra el presente decreto como Anexo.

Artículo 2º

El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros de Ambiente y Obras Públicas y de Gobierno.

Artículo 3º

Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.

JULIO CESAR CLETO COBOS

Francisco Morandini

Sergio L. Marinelli

_________

ANEXO

Exp. Nº 242-D-2007-03834

Decreto Nº 1534

Acta Complementaria para la Gestión Transitoria de Residuos de Pilas y Baterías

DEPARTAMENTO DE LAVALLE

El Gobierno de Mendoza, representado en este acto por el Señor Ministro de Ambiente y Obras Públicas Ing...

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