Decreto n° 1.247

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición12 de Julio de 0005

DECRETO Nº 1.247

Mendoza, 8 de julio de 2005

Visto el expediente Nº 822-J-2005-00105 (15 cuerpos) y su acumulado Nº 6564-H-2005-00105, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Nº 140, de fecha 7 de febrero de 2005, se autorizó a la Dirección de Compras y Suministros, dependiente del Ministerio de Hacienda, a llamar a Licitación Pública en los términos del Art. 28 de la Ley de Contabilidad Nº 3799, para la adquisición de Dos Helicópteros, destinados a atender necesidades del Ministerio de Justicia y Seguridad;

Que mediante Resolución Nº 865-JyS de fecha 26 de mayo de 2005 se constituyó la Comisión de Calificación para la atención de consultas, la emisión de circulares y la elaboración de los informes de calificación y preadjudicación;

Que en la Licitación Pública de referencia se recibieron las propuestas de las firmas: Hangar Uno S.A., Helicópteros Do Brasil S.A. Helibras y Modena Auto Sport S.A., resultando calificados mediante Resolución Nº 865-JyS-05, los oferentes 2 y 3, a fin de proseguir el trámite de apertura del Sobre Nº 2;

Que en el informe de Preadjudicación obrante a fs. 5187/5199, la Comisión mencionada precedentemente eleva el resultado obtenido de la evaluación de las ofertas presentadas en el Sobre Nº 2;

Que en relación al Oferente Nº 2 -Modena Auto Sport S.A.-, surge de los valores indicados en la documentación obrante a fs. 5110, donde la mencionada firma expresa la suma total de la oferta básica y a fs. 5111 hace referencia al monto a financiar y monto a pagar de contado, de lo que se observa que no cumple con lo requerido en el Artículo 54, inc. a) del Pliego de Bases y Condiciones Generales, el que establece que el monto mínimo a financiar no deberá ser inferior al 85% del valor total de la oferta;

Que de conformidad con lo expuesto, la oferente no cumple con el requisito expresamente exigido por el artículo citado precedentemente y por ende tampoco da estricto cumplimiento a la Oferta Básica en los términos que exigen los Arts. 9, 26 y 28 del Pliego de Bases y Condiciones Generales, motivo por el cual no corresponde su evaluación;

Que de acuerdo a la propuesta presentada por la firma Helicópteros Do Brasil S.A. Helibras, obrante a fs. 1688/2333, 5046/5049, 5098/5108 y 5146/5149, resulta conveniente proceder a adjudicar, por la oferta formulada, a la citada empresa, conforme razones técnicas y económicas...

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