Decreto n° 1.197

EmisorMinisterio de Gobierno
Fecha de la disposición18 de Julio de 0006

DECRETO Nº 1.197

Mendoza, 20 de junio de 2006

Visto el expediente Nº 251-D-06-00808, en que se tramita la aprobación del Convenio y Actas Complementarias I II, III y IV, suscriptos entre el Ministerio de Gobierno y la "Fundación Universidad Tecnológica, Regional Mendoza", relacionado con la asistencia técnica y cooperación con el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas; atento a ello, lo dictaminado por el Departamento Jurídico del Ministerio de Gobierno a fs. 11 y en uso de sus facultades,

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Apruébese el Convenio celebrado entre el Ministerio de Gobierno, representado por el señor Ministro de Gobierno, Ingeniero Sergio Marinelli y la "Fundación Universidad Tecnológica, Regional Mendoza" representada por su Decano Ing. Eduardo Balasch, y las Actas Complementarias I, II, III y IV que en fotocopias certificadas y como Anexos I, II, III, IV y V forman parte del presente Decreto.

Artículo 3º

Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.

JULIO CESAR CLETO COBOS

Sergio L. Marinelli

_____

ANEXO I

Expte. 251-D-06-00100

Decreto Nº 1197

Entre el Gobierno de la Provincia de Mendoza representado en este acto por el Sr. Ministro de Gobierno, Ingeniero Sergio Marinelli, con domicilio legal en Peltier 351, Casa de Gobierno, 3º Piso, Ciudad de Mendoza, Mendoza, por una parte en adelante denominada "La Provincia" y la Fundación de la Universidad Tecnológica Nacional, Regional Mendoza, representada en este acto por el Sr. Decano, Ing. Eduardo Balasch, con domicilio legal en Rodríguez 273, Ciudad de Mendoza, Mendoza, en adelante denominado "Fundación", acuerdan celebrar "ad referendum" del Poder Ejecutivo el presente convenio marco de cooperación mutua, sujeto a las siguientes cláusulas:

Primera:

Las partes acuerdan implementar un programa de colaboración y asistencia recíproca tendiente a desarrollar, en forma conjunta, proyectos de carácter académico y cultural para beneficio de ambos signatarios.

Segunda: Los distintos campos de cooperación, así como las acciones, los programas, términos y procedimientos de ejecución de cada uno de los proyectos que se implementen en el marco del presente convenio, serán fijados mediante acuerdos específicos entre los signatarios, los que detallarán el objeto del trabajo y los recursos humanos y materiales por afectar, como así también los derechos y obligaciones de cada una de las partes.

Tercera: Las partes se comprometen a realizar todos los esfuerzos posibles a fin de coordinar las actividades y programas emergentes del presente convenio con entidades públicas y privadas que por su naturaleza puedan contribuir al logro de objetivos comunes.

Cuarta: Serán obligaciones de "La Fundación":

  1. Asistencia técnica y cooperación con la Dirección del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, dependiente de la Subsecretaría de Relaciones Institucionales del Ministerio de Gobierno.

  2. Administrar los fondos afectados al cumplimiento de los proyectos que se acuerden realizar, conforme a las liquidaciones que se practiquen en cada caso.

    Quinta: Serán obligaciones de "La Provincia":

  3. la Dirección del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas brindará asesoramiento profesional a los Estudiantes para las necesidades que hoy demanda el mercado laboral; y; además procurará orientación y asesoramiento a los egresados de la U.T.N. que deseen realizar postgrados, masters, doctorados, investigaciones, etc. en países del exterior.

  4. Enviar mensualmente un informe detallado en el que se incluirá, concurrencia de cada uno de los asistentes y monto a percibir por mes por cada acta complementaria

  5. Transferir en tiempo y forma a "La Fundación", los fondos necesarios a fin de garantizar el desarrollo de los programas acordados.

  6. Se compromete al pago de un cinco por ciento (5%) en concepto de gastos administrativos del total mensual de cada acta complementaria, extraído del informe mensual enviado.

  7. Designar los responsables por "La Provincia" necesarios para realizar la coordinación y evaluación de las actividades que se convengan.

  8. Los derechos de propiedad del autor y reproducción, así como cualquier otro derecho intelectual de cualquier naturaleza...

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