Decreto Nº 1.164
Emisor | Min. Seguridad |
Fecha de la disposición | 30 de Junio de 2015 |
DECRETO Nº 1.164
Mendoza, 30 de junio de 2015
Visto el expediente N° 15890-I- 2012-00020 y sus acumulados Nros. 15221-I-2011-00020; 21399-I-2011-00106; 1274-I-2011-00107; 20425-I-2011-00106; 11097-I-2011-00106; 19903-I-2010-00106 y 1397-I-2010-00107; y
CONSIDERANDO:
Que en las citadas la Oficial Principal -Personal Policial de Apoyo- María Paz Ihistarry Quiroga, interpone recurso de revocatoria contra el Decreto N° 2238 de fecha 03 de diciembre de 2012, por el cual se la ascendió a la jerarquía que actualmente ostenta, cuando debió ser ascendida a la jerarquía de Subcomisario P.P.A.;
Que analizado el mismo en su aspecto formal, surge que el planteo recursivo resulta improcedente de acuerdo con lo establecido por el art. 178 de la Ley N° 3909, ya que se trata de un procedimiento en el que la administrada ha intervenido, conforme lo manifestado en el escrito de fs. 1/6 del expediente principal;
Que, no obstante ello, corresponde dar al presente el tratamiento de formal denuncia por ilegitimidad, de conformidad a lo establecido en los arts. 98 y 99 de la Ley N° 3909;
Que desde el punto de vista sustancial, surge que asiste razón al planteo formulado, correspondiendo en consecuencia la revocación del Decreto N° 2238/12, de acuerdo a lo establecido en los arts. 96 y 97 de la Ley N° 3909, debiendo promocionar a la peticionante a la jerarquía de Subcomisario P.P.A., a partir del 03 de diciembre de 2012;
Que a fs. 92/95 del expediente principal, obra sentencia recaída en expediente N° 254556 caratulada: "Ihistarry Quiroga María Paz C/Gobierno de la Provincia de Mendoza P/Acción de Amparo";
Que por la mencionada sentencia el 1° Tribunal Judicial Asociada en lo Civil, Comercial y Minas de la Primera Circunscripción Judicial, ordena al Estado Provincial, se resuelva el expediente N° 15890-I-2012-00020 y sus acumulados, correspondiente al reclamo de impugnación del Decreto N° 2238/12 y la promoción a la jerarquía de Subcomisario P.P.A., a partir del 03 de diciembre de 2012, interpuesto por la actora;
Que esta instancia ha otorgado el la autorización pertinente conforme lo dispuesto art. 1° del Decreto Acuerdo N° 285/15.
Por ello y lo dictaminado por Asesoría de Gobierno a fs. 44 y vta. del expediente N° 15890-I-2012-00020,
EL GOBERNADOR DE
LA PROVINCIA
DECRETA:
Exceptúese las disposiciones del presente decreto de lo establecido en el art. 1º del Decreto Acuerdo N° 285/15.
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