Decreto N° 1.072

EmisorMinisterio Economia, Infra. y Energ.
Fecha de la disposición29 de Agosto de 2016

DECRETO N° 1.072

Mendoza, 29 de agosto de 2016

Visto el expediente N° 1700-D-2016-01283, en el cual se solicita la ratificación del Convenio y su Anexo suscripto entre la Provincia de Mendoza y el Ministerio de Agroindustria de la Nación; y

CONSIDERANDO:

Que la Provincia de Mendoza presentó ante la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios los Decretos Nros. 146/16, 277/16, 541/16 y 672/16, que declaran desde el 11 de setiembre de 2015 al 31 de marzo de 2017 en Estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario a las propiedades rurales ubicadas en zonas bajo riego de varios departamentos y distritos provinciales, afectados por heladas, granizadas e intensas lluvias ocurridas durante el período agrícola 2015/2016 la que luego de analizar la situación, recomendó al Poder Ejecutivo Nacional la declaración del Estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario, que se plasmó a través de las Resoluciones Nros. 142/16 y 202/16 emitidas por el Ministerio de referencia;

Que la Ley N° 26.509 y modificatoria crea el "Sistema Nacional para la Prevención y Mitigación de Emergencias y Desastres Agropecuarios" con el objetivo de prevenir y/o mitigar los daños causados por factores climáticos, meteorológicos, telúricos, biológicos o físicos que afecten significativamente a la producción y/o capacidad de producción agropecuaria, poniendo en riesgo de continuidad a las explotaciones familiares o empresariales, afectando directa o indirectamente a las comunidades rurales;

Que la Provincia de Mendoza solicitó a dicho Ministerio, una ayuda económica para asistir a los productores frutihortícolas afectados por heladas, granizadas e intensas lluvias ocurridas durante el período agrícola 2015/2016 en el marco del "Fondo Compensador Agrícola", constituido durante la campaña 2012/2013 por Decreto N° 2162/12 y mediante la entrega de Aportes No Reintegrables (ANR) por intermedio de la "Fundación Instituto de Desarrollo Rural", para la compra de insumos básicos para la producción;

Que por lo expuesto, las partes de referencia acuerdan suscribir el presente Convenio y su Anexo, el que tiene por objeto la cooperación y asistencia entre la Provincia de Mendoza y el Ministerio de Agroindustria de la Nación a los efectos de restablecer y mejorar la capacidad productiva de los productores frutihortícolas afectados por heladas, granizadas e intensas lluvias ocurridas durante el período agrícola 2015/2016 y cuyas explotaciones estén ubicadas en zonas bajo riego que estén declaradas en Emergencia y/o Desastre Agropecuario, mediante las Resoluciones citadas en el primer párrafo del presente decreto, conforme la Cláusula Primera del mismo;

Por ello, conforme con lo dispuesto por el Artículo 128 Inciso 1) de la Constitución Provincial y lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía, Infraestructura y Energía a fojas 29 y vuelta del expediente N° 1700-D-2016-01283,

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1°

Ratifíquese el Convenio y su Anexo de fecha 05 de agosto de 2016, suscripto entre la Provincia de Mendoza representada por el Señor Gobernador Licenciado Alfredo Víctor Cornejo Neila y el Ministerio de Agroindustria de la Nación, representado por su titular Contador Ricardo Buryaile, por los motivos expuestos en los considerandos del presente decreto y que en fotocopias certificadas como Anexo forman parte del mismo.

Artículo 2°

Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.

ALFREDO V. CORNEJO

Enrique Andrés Vaquié

ANEXO

Convenio entre el Ministerio de Agroindustria y la Provincia de

Mendoza para implementar medidas de Ayuda a Productores en el Marco de la Ley N° 26.509

Entre el Ministerio de Agroindustria, en adelante el MINISTERIO, representado por el señor Ministro, Contador Don Ricardo Buryaile, con domicilio en la Avenida Paseo Colón N° 982, Piso 1° de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y la Provincia de Mendoza, en adelante la PROVINCIA, representada en este acto por el señor Gobernador, Licenciado Don Alfredo Víctor Cornejo Neila, con domicilio en la Casa de Gobierno sita en la Avenida Leonard Peltier N° 351, Ciudad de Mendoza, Provincia de Mendoza, en adelante las PARTES, manifiestan: a PROVINCIA presentó, ante la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios, los Decretos Provinciales Nros. 146 del 10 de febrero de 2016, modificado por su similar N° 277 del 29 de marzo de 2016; 541 del 27 de mayo de 2016, modificado por su similar N° 672 del 14 de junio de...

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