Decreto Nº 0037

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Febrero de 2018
Fecha de la disposición22 de Enero de 2018

DECRETO Nº 0037

SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”,

22 ENE 2018

VISTO:

El expediente N° 00201-0186603-3, del registro del Sistema de Información de Expedientes, por medio del cual la Dirección Provincial de Gestión de la Carrera y Bienestar Policial del Ministerio de Seguridad solicita se gestione la modificación del Decreto N° 4055 de fecha 3 de noviembre de 1977, de Reglamento para Sumarios Administrativos (R.S. A.); y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto N° 1136 de fecha 5 de julio de 2010, se creó la Dirección Provincial de Autoseguro de Riesgos del Trabajo (DIPART), órgano encargado de centralizar los siniestros laborales sufridos por los empleados de la Administración Pública de la Provincia de Santa Fe (Art. 1°);

Que dicho órgano se ha creado con el objeto de unificar criterios respecto del reconocimiento de los siniestros laborales, incapacidades otorgadas y plazos de trámites entre los distintos ministerios dependientes del Poder Ejecutivo Provincial;

Que cabe destacar, que la mencionada Dirección Provincial de Autoseguro de Riesgos del Trabajo (DIPART), es el único órgano con competencia para ocuparse de la siniestralidad laboral del personal policial, debiendo concurrir al Administración Pública Provincial cada vez que sufren un accidente de trabajo o una enfermedad profesional, siendo dicha área la encargada de calificar tales situaciones y enmarcarlas dentro de los prescripto por la Ley Nacional N° 24557 y su normativa reglamentaria;

Que por otro lado, el Decreto Nº 4055/77 prescribe el reglamento aplicable a los sumarios administrativos e informaciones sumarias, estableciendo en su Artículo 113º, Inciso d): “La información sumaria es una actuación escrita que debe realizarse en las siguientes situaciones: ...por accidentes ocurridos o enfermedades contraídas durante o con motivo del servicio...”;

Que tal como se expresó supra, a partir del dictado del Decreto N° 1136/10, la calificación del siniestro y su seguimiento es competencia de la Dirección Provincial de Autoseguro de Riesgos del Trabajo (DIPART), por lo que no correspondería que la Policía de la Provincia continúe iniciando informaciones sumarias por tales motivos, máxime teniendo en cuenta que se produce un dispendio inútil de tiempo y de recursos, pudiendo incluso hasta provocarse contradicciones respecto de la calificación de un mismo siniestro, en el caso de que dicha Dirección llegue...

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