Decreto Municipal Nro. 538 - CONTROL DECRETO PROVINCIAL 635/20

EmisorMUNICIPALIDAD CIUDAD DE MENDOZA
Fecha de la disposición22 de Mayo de 2020

MENDOZA, 22 de mayo de 2.020.

VISTO:

El Expediente Electrónico Nº 10236-2020 caratulado “INTENDENCIA – ELEVA PROYECTO – CONTROL DECRETO PROVINCIAL 635/20”, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial Nº 635/2.020 se habilitó en el ámbito territorial de la Provincia la realización de reuniones familiares, hasta un máximo de diez (10) personas con parentesco por consanguinidad, afinidad o adopción, hasta el segundo grado en línea ascendente, descendente o colateral. Las reuniones referidas podrán realizarse sólo los días sábados, domingos y feriados, en horario de 09.00 a 23.00 horas y cumpliendo con las condiciones que se establecen en el protocolo que como Anexo forma parte del mismo.

Que en el artículo 3º se estableció que el incumplimiento de la obligación establecida, debidamente constatado por la autoridad competente, será penado con una sanción de multa de pesos cincuenta mil ($ 50.000) para el anfitrión o propietario del inmueble donde se constate la infracción, según corresponda.

Que mediante artículo 4º se faculta a los municipios a controlar su cumplimiento en forma concurrente con la provincia y en el artículo 5º se establece que el producido de las multas será destinado al sistema de salud de la Provincia o del Municipio, según quien hubiere constatado la infracción.

Que ante ello corresponde disponer la autoridad de aplicación en el ámbito de la Municipalidad de la Ciudad de Mendoza del Decreto del Poder Ejecutivo Provincial citado, estableciendo a su vez el destino del producido de las multas aplicadas en consecuencia.

Que a su vez, corresponde sumar a las líneas dispuestas por el Gobierno Provincial, como línea telefónica de denuncia, para hechos producidos en la Ciudad de Mendoza la línea 147.

Por ello, y en uso de sus atribuciones;

EL

INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE MENDOZA

D E C R E T A:

ARTÍCULO 1°

Desígnese autoridad de aplicación del Decreto del Poder Ejecutivo Provincial Nº 635/2020 en lo relativo a control de cumplimiento y aplicación de las sanciones allí establecidas en caso de corresponder, a la Secretaría de Seguridad Ciudadana, facultándose a los Preventores a la constatación de las...

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