Decreto Municipal Nro. 391 - PRÓRROGA MEDIDAS COVID-19 – MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE MENDOZA

EmisorMUNICIPALIDAD CIUDAD DE MENDOZA
Fecha de la disposición 1 de Abril de 2020

MENDOZA, 01 DE ABRIL DE 2020.

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 317/2020 se ha declarado la Emergencia Pública en materia Sanitaria en la Ciudad de Mendoza.

Que la Organización Mundial de la Salud declaró la pandemia ante el virus Coronavirus Covid-19.

Que el Gobierno Nacional emitió el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/2020 que dispuso la medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio en los términos allí indicados, desde el 20 al 31 de Marzo inclusive.

Que en el artículo 10º del mismo se estableció que las provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los municipios dictaran las medidas necesarias para implementar lo dispuesto.

Que por Decreto Nº 325/2020 se prorrogó hasta el día 12 de Abril de 2.020 inclusive la medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio.

Que en el ámbito de la Ciudad de Mendoza se dictaron diversas medidas.

Que mediante los Decretos Nº 329/2020, 334/2020 y 355/2020 se fijaron plazos de vigencia en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio, las que corresponde sean prorrogadas por el lapso dispuesto por el DECNU Nº 325/2020 citado.

Que así corresponde disponer la prórroga de las disposiciones de los artículos 8º, 9º y 10º del Decreto Nº 329/2020, artículo 1º del Decreto Nº 334/2020 y artículos 3º y 6º del Decreto Nº 355/2020, desde la fecha del presente hasta el día 12 de Abril inclusive, según lo dispuesto mediante DECNU Nº 325/2020, mientras que todas las demás disposiciones dictadas en el marco de la Pandemia en la Ciudad de Mendoza mantendrán su vigencia en cuanto resulten pertinentes.

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL

INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE MENDOZA

D E C R E T A :

ARTÍCULO 1º

Prorróguese la suspensión de la atención al público en el Palacio Municipal, Centros de Atención Municipal, Dependencias Externas y Juzgados de Tránsito desde el día 1º de Abril de 2020 hasta el 12 de Abril 2020 inclusive.

ARTÍCULO 2º

Prorróguese la suspensión de todos los plazos y procedimientos en el ámbito de la administración hasta el 12 de Abril inclusive.

La presente no alcanza los trámites licitatorios donde se mantendrán los plazos vigentes ni los de trámites urgentes en el marco de la Pandemia.

ARTÍCULO 3º

Dispénsese al personal de la Administración Pública Municipal de la Ciudad de Mendoza de concurrir a su lugar habitual de trabajo hasta el día 12...

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