Decreto Municipal Nro. 18 - REGLAMENTACIÓN PROCESO DE EMISION Y DISTRIBUCION MASIVA DE TASAS Y DERECHOS MUNICIPALES 2023

EmisorMUNICIPALIDAD CIUDAD DE MENDOZA
Fecha de la disposición 5 de Enero de 2023

MENDOZA, 05 de enero de 2023

VISTO:

El Expediente Electrónico Nº 36162-2022 caratulado: “DIRECCION DE RENTAS – OTROS - REGLAMENTACIÓN PROCESO DE EMISION Y DISTRIBUCION MASIVA DE TASAS Y DERECHOS MUNICIPALES 2023 ” y

CONSIDERANDO:

Que en las presentes actuaciones se tramita la reglamentación para el proceso de Emisión y Distribución Masiva de tributos para el ejercicio 2023, elaborada por la Dirección de Rentas.

Que el proyecto referido fija las fechas de vencimiento de los tributos según lo establecido en el Artículo 90º de la Ordenanza Tarifaria vigente N° 4129, que expresa “El Departamento Ejecutivo establecerá la periodicidad y fecha de vencimiento de los tributos”.

Que la norma determina los principios y reglas que regirán para el desarrollo de los procesos de emisión y distribución masiva durante el ejercicio referido.

Que en archivo adjunto n° 6 se agregó dictamen jurídico pertinente.

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE MENDOZA

D E C R E T A:

ARTÍCULO 1°

Establézcase para el ejercicio 2023 las siguientes fechas de vencimiento para los tributos que a continuación se detallan:

  1. Tasas por Servicios a la propiedad raíz y Derechos de Inspección y Control de Seguridad e Higiene de Comercios, Industrias y Actividades Civiles, Quioscos y Casinos.

    Primer vencimiento Segundo vencimiento
    Primer Bimestre 19-ene 16-feb
    Segundo Bimestre 16-mar 20-abr
    Tercer Bimestre 18-may 15-jun
    Cuarto Bimestre 20-jul 17-ago
    Quinto Bimestre 21-sep 19-oct
    Sexto Bimestre 16-nov 21-dic
  2. Tasas por Servicios a la propiedad raíz.

    Se deberá reflejar el beneficio concedido en el artículo 87 inc VI.- a) de la Ordenanza 4129 tarifaria para el ejercicio 2023, que dice: “VI- El Departamento Ejecutivo podrá conceder descuentos a los contribuyentes cuando opten por el pago anual, conforme a los vencimientos fijados para cada caso según se indica: a) Por Tasa por Servicio a la Propiedad Raíz: del diez por ciento (10%) para cada padrón municipal que tenga al 15 de Diciembre de 2.022 cancelada la tasa devengada, y un diez por ciento (10%) para aquellos que además la hayan tenido cancelada al 31/12/2021. Cuando los inmuebles destinados a los servicios de alojamientos con certificado expedido por el Ente Mendoza Turismo (EMETUR) o el organismo competente, excepto propiedades de alquiler temporario, pensiones y alojamientos por hora, se le podrá adicionar un diez por ciento (10%) al valor fijado en el presente inciso.”

    Pago anual anticipado:

    Se establece que el beneficio tendrá el vencimiento del mes de enero de 2023, figurando en el boleto de pago. Los contribuyentes que así lo deseen, podrán acceder a este beneficio hasta el vencimiento del mes de febrero, siempre y cuando cumplan con las demás condiciones.

    Por Tasa por Servicio a la Propiedad Raíz: del diez por ciento (10%) para cada padrón municipal que tenga al 15 de Diciembre de 2.022 cancelada la tasa devengada, y un diez por ciento (10%) para aquellos que además la hayan tenido cancelada al 31/12/2021

  3. Derechos de Publicidad y Propaganda.

    Primer Bimestre 2023: comprende a los elementos denunciados en la declaración jurada presentada durante la primera quincena...

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