Decreto Municipal Nro. 1798 - CRONOGRAMA DE VENCIMIENTO DE TASAS POR SERVICIOS 2021

EmisorMunicipalidad de San Martin
Fecha de la disposición22 de Diciembre de 2020

Gral. San Martín (Mza.), 22 DE DICIEMBRE DE 2020

Visto el contenido de las presentes actuaciones, obrantes en Expediente Nº 7750/2020, originario de esta Comuna, mediante las cuales Dirección de Recursos Municipales solicita se fije el Cronograma de Vencimientos de Tasas por Servicios a la Propiedad Raíz, Comercio e Industria, Cementerio y Derechos de Publicidad y Propaganda, para el ejercicio 2.021, y;

CONSIDERANDO:

Que, Dirección de Recursos Municipales adjunta el detalle de tales vencimientos, el que se realizará conforme a lo establecido en el Art. 113 de la Ordenanza Tarifaria Nº 2987/2020, indicando que se establecerá los siguientes descuentos:

Por Servicios a la Propiedad Raíz aquellos Jubilados que estén al día al 31/12/2020 y que hayan sido empadronados con exención, por los años 2021, 2022 y 2023, tendrán un descuento del 100%, siempre y cuando sigan manteniendo las condiciones de otorgamiento del beneficio;

Aquellos jubilados, pensionados discapacitados, cuyos vencimientos en dicha exención se cumplen en diciembre de 2020, se extiende el beneficio por un año más fundamentado en la situación de pandemia, COVID 19, continuando el descuento del 100% en el año 2021, siempre y cuando se sigan cumpliendo las condiciones de exención;

Por Servicios a la Propiedad Raíz aquellos contribuyentes que opten por la modalidad de pago anual anticipado (art. 113.1), tendrán un descuento hasta el 10%, acumulable con el descuento según la modalidad de buen contribuyente (art. 113.4);

Por Servicios a la Propiedad Raíz aquellos contribuyentes que opten por el Pago Trimestral Anticipado y estén al día al 31/12/2020 tendrán un descuento de hasta el 5% en cada trimestre (art. 113.2), acumulable con el descuento de un 10%, que corresponda por buen contribuyente (art. 113.4);

Por Servicios a la Propiedad Raíz aquellos contribuyentes que estén al día al 31/12/2020, serán considerados “Buen Contribuyente”, y tendrán un descuento de hasta el 10% (art. 113.4);

Por Comercio e Industria aquellos contribuyentes que opten por el Pago Anual anticipado tendrán un descuento del 15% (art. 113.2) acumulable al descuento por haber estado al día al 31/12/2020 como “Buen contribuyente”, (art. 113.4);

Por Comercio e Industria aquellos contribuyentes que estén al día al 31/12/2020 tendrán un descuento de hasta el 10% como “Buen Contribuyente” acumulable con el descuento de aquellos contribuyentes que opten por la modalidad de pago anual...

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