Decreto Municipal Nro. 1510 - EXPTE N° 1521/I/2018 FIJA UN INCREMENTO DEL 10% EN LAS TARIFAS NO LIQUIDADAS EN LA ORD. 6727/17

EmisorMunicipalidad de Godoy Cruz
Fecha de la disposición30 de Agosto de 2018

MENDOZA, 30 DE AGOSTO 2018

VISTO:

El expediente nº 1521/I/2018, caratulado: “ADECUACION EN LIQUIDACION DE AFOROS ARTICULO 91 ORDENANZA N° 6727/17”; y

CONSIDERANDO:

Que, la Ordenanza Tarifaria n° 6.727/17, en su Artículo 91°, faculta al Departamento Ejecutivo a efectuar las adecuaciones en la liquidación de los aforos establecidos en la ordenanza mencionada, hasta en un 15%, en cualquier momento del ejercicio y a los fines de mantener la correcta determinación tributaria, conforme el principio de la realidad económica, nivel de actividad, situaciones de emergencia y otras que puedan surgir durante la aplicación de dicha disposición;

Que, la citada norma exige que para hacer uso de esta facultad el Departamento Ejecutivo deberá emitir el respectivo acto administrativo, en el que se fundarán, debidamente, los argumentos que justifiquen la medida;

Que, si bien los valores ajustados no son significativos para el obligado, han de servir de gran utilidad para incrementar la recaudación y atender los múltiples requerimientos que debe afrontar la Comuna;

Que, los valores y ajustes propuestos resultan razonables y ajustados a la realidad económica actual;

Que, en virtud de lo expuesto, corresponde elaborar el pertinente acto administrativo;

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A:

ARTICULO 1º

Fíjese, a partir del 1° de Septiembre de 2018, un incremento del diez por ciento (10%) en las tarifas no liquidadas de la Ordenanza N° 6.727/17 (Ordenanza Tarifaria 2.018).-.

ARTICULO 2°

Exceptúase del aumento previsto en el artículo anterior a las tarifas no liquidadas correspondientes a los Derechos de Inspección y Control de Seguridad e Higiene de Comercios, Industrias y Actividades Civiles dispuestos en el artículo 22 (Anexo A) de la Ordenanza N° 6.727/17, sobre los cuales se aplicará un aumento del cinco por ciento (5%) a partir del 1° de Septiembre de 2018.-.

ARTÍCULO 3º

Exceptúase de los aumentos previstos en los artículos anteriores a: el Derecho de Inspección de Remoción de Calzada y/o Vereda –Art. 8°- incs. A) y B)- Derechos de Inspección y Control de Propaganda y Publicidad –Art. 49° incs. A), B) y C)-, Derechos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR