Decreto Municipal Nro. 1270 - PRORROGA DE MEDIDAS POR AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO HASTA EL 07-06-20

EmisorMunicipalidad de Godoy Cruz
Fecha de la disposición27 de Mayo de 2020

GODOY CRUZ, 27 de Mayo de 2020

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto de Necesidad y Urgencia nº 493/2020 el Poder Ejecutivo Nacional prorrogó hasta el 07 de junio próximo la vigencia del Decreto N° 297/20, que fuera prorrogado por los Decretos Nros. 325/20, 355/20, 408/20 y 459/20, así como de toda la normativa complementaria dictada respecto del “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, desde la entrada en vigencia del primer resolutivo hasta el día de la fecha;

Que, en línea con dicha normativa, el Gobierno de la Provincia de Mendoza emitió el decreto nº 657/2020, a través del cual dispuso la prórroga hasta la misma fecha de las medidas dispuestas en los Decretos-Acuerdo emitidos desde el inicio de la situación de emergencia, siempre en el marco de lo legislado en los dispositivos nacionales, y dentro de los Protocolos oportunamente aprobados;

Que, con el objeto de hacer efectivas, en el ámbito municipal, dichas disposiciones, es menester emitir un acto administrativo que contemple la continuidad de las medidas de aislamiento social, preventivo y obligatorio vigentes; sin embargo, y atento a que las demandas de los contribuyentes requieren de una paulatina reanudación de actividades esenciales, para la prestación de los servicios básicos que presta el Municipio, este Departamento Ejecutivo considera propicia la oportunidad para reanudar la atención al público de sus áreas municipales, respetando las medidas de salubridad vigentes, mediante la aplicación de los protocolos sanitarios elaborados a dicho efecto;

Que, la apertura de los sectores de atención de contribuyentes trae aparejada la necesidad de disponer la reanudación de los procedimientos y los plazos administrativos que se hallan suspendidos, ello con el objeto de atender las nuevas demandas y satisfacer las pretensiones que los administrados planteen y/o que se encuentren pendientes de resolución, a la fecha;

Que, deberá instruirse a las áreas municipales encargadas de impulsar los procedimientos, a fin de que efectúen la reorganización de tareas que sea necesaria, por parte del personal que se encuentre cumpliendo funciones – en forma física o remota – (con la salvedad de aquellos exceptuados o facultados a hacer uso de licencias extraordinarias, por la normativa vigente) y de los espacios físicos en los que la atención al...

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