Decreto Municipal Nro. 1034 - PRORROGA EMERGENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA CIUDAD DE MENDOZA HASTA EL 31/12/2021

EmisorMUNICIPALIDAD CIUDAD DE MENDOZA
Fecha de la disposición29 de Junio de 2021

MENDOZA, 29 de junio de 2021.

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 317/2.020 prorrogado por Decreto N° 432/21 esta Municipalidad declaró la emergencia pública en materia sanitaria ante la Pandemia Provocada por el Coronovirus-Covid-19 hasta el 31 de diciembre de 2021.

Que por Decreto Nº 755/2020 se declaró en emergencia la situación económica y financiera de la Ciudad de Mendoza, desde el 3 de julio de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2.020, habiendo sido prorrogada por Decreto N° 1302/20 hasta el 30 de junio de 2021.

Que es imprescindible que el municipio adopte una serie de medidas para afrontar el pago de sueldos de agentes municipales y prestar adecuadamente los servicios públicos esenciales, a fin de lograr un equilibrio adecuado entre ingresos y gastos.

Que atento la situación imperante en la ciudad y la incertidumbre que provoca en la economía la pandemia que se atraviesa, corresponde prorrogar la declaración de emergencia en materia económica y financiera en la Ciudad de Mendoza hasta el 31 de diciembre de 2021.

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE MENDOZA

D E C R E T A :

ARTÍCULO 1º

Prorróguese la declaración de emergencia económica y financiera de la Ciudad de Mendoza, dispuesta por Decreto Nº 755/2020, prorrogada por Decreto N° 1302/20 hasta el 31 de diciembre de 2021.

ARTICULO 2º

En virtud de la emergencia prorrogada, el Departamento Ejecutivo por el plazo dispuesto en el artículo precedente, podrá:

  1. Renegociar contrataciones comprendidas en razón de su objeto en las Leyes Nº 8.706 y 4.416 y demás normas modificatorias y complementarias. Dicha renegociación deberá ser precedida de un acuerdo entre las partes.

  2. Reprogramar cláusulas y resolver contratos de suministro, obra, locación de servicios; y en general todos los incluidos por razón de su objeto en las Leyes Nº 8.706 y 4.416, contratos de servicios públicos, anexos y vinculados y sus normativas modificatorias.

  3. Modificar condiciones originales de contrataciones vigentes a los fines de atender la emergencia declarada en el artículo 1º del presente Decreto.

  4. Las contrataciones que se realicen en el marco de la emergencia sanitaria se encuadran en el supuesto previsto en el...

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