DECRETO ACUERDO 43 / 2017 DECRETO ACUERDO de 13 de Septiembre de 2017

Fecha de Entrada en Vigor 7 de Octubre de 2017
Fecha de la disposición13 de Septiembre de 2017
Número de Boletín29102
Fecha de Publicación 6 de Octubre de 2017
Número de documento62221

DECRETO ACUERDO N° 43/3(ME), del 13/09/2017.

VISTO las tareas que cumplen empleados de la Dirección Provincial de Aeronáutica dependiente de la Secretaría General de la Gobernación, que integran las tripulaciones de las aeronaves de la Repartición, y

CONSIDERANDO:

Que la modalidad del trabajo del citado personal es única y específica, diferente a la que desarrollan los distintos estamentos de la Administración, por lo que la especificidad debe considerarse en forma totalmente diferenciada a determinadas normativas que rigen en la Administración Pública Provincial.

Que la actividad que cumple la Repartición, está normada por las disposiciones del Decreto N° 1.547/1 del 01 de Junio de 1981, que reglamenta el uso de las aeronaves del Estado Provincial, y específicamente, con relación al pago de viáticos para el personal aeronavegante, está contemplado en su punto 16, que determina que éstos serán liquidados según su categoría y cómo lo establece la reglamentación de viáticos.

Que en tal sentido, el Decreto Acuerdo N° 9/3 (ME) del 30 de enero de 2007 (régimen de compensaciones concernientes a viáticos y gastos de movilidad de las autoridades Superiores y personal de los distintos escalafones de la Administración Pública Provincial), es la norma a la que remite para su aplicación, el Decreto N° 1.547/1 del 01 de Junio de 1981.

Que atento a lo previsto por el citado Decreto Acuerdo N° 9/3 (ME)-2007 (artículo 3°), para liquidar viáticos se requiere que el cumplimiento de la misión se produzca fuera del asiento habitual, e implique la necesidad de almorzar, cenar o pernoctar en el sitio de su actuación.

Que conforme las circunstancias en que se presta el servicio por parte del personal de la tripulación de vuelo de la Dirección Provincial de Aeronáutica, las misiones tienden a concretarse en el mismo día en que se realizan, implicando que deban permanecer en los aeropuertos de destino, con el consiguiente gasto personal para satisfacer necesidades mínimas a...

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