DECRETO ACUERDO 4 / 2015 DECRETO ACUERDO de 9 de Diciembre de 2015

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Octubre de 2017
Fecha de la disposición 9 de Diciembre de 2015
Número de Boletín28669
Fecha de Publicación 8 de Enero de 2016
Número de documento51346

DECRETO ACUERDO N° 4/3 (ME), del 09/12/2015. Expte. 969/369/I/2015.

VISTO el Convenio Marco de Adhesión al Programa de Desarrollo Social en Áreas Fronterizas del Noroeste y Noreste Argentinos con Necesidades Básicas Insatisfechas - Etapa III- PROSOFA III, protocolizado mediente ACU 1831/15 y suscripto entre la Provincia de Tucumán y la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Nación, y

CONSIDERANDO

Que dicho programa tiene como objetivo fundamental contribuir a mejorar la calidad de los servicios de agua e infraestructura básica y social de las localidades semirurales y rurales, cuya financiación parcial se realizara en virtud de lo dispuesto en el Contrato de Préstamo N° ARG 21/2014, suscripto entre la Nación Argentina y el Fondo Financiero para el Desarrollo de la Cuenca del Plata (FONPLATA), cuyo modelo se aprobó mediante Decreto Nacional N° 709-2015

Que la Nación Argentina en el ámbito especifico de las Políticas Sociales dirigidas a la población con mayor criticidad, considera necesario readecuar las acciones asignadas a las distintas jurisdicciones de la administración y redireccionarlas a los fines de que se puedan obtener resultados satisfactorios y lograr la intervención efectiva de aquellos Organismos Jurisdiccionales con estructura funcional acorde a las necesidades y exigencias de los distintos programa sociales.

Que la cláusula cuarta del Convenio Marco mencionado, indica que el Subejecutor debe conformar la Unidad Ejecutora Provincial, y dispone cómo debe quedar integrada con la finalidad de realizar la ejecución operativa del programa. Asimismo, acorde al reglamento operativo del Préstamo ARG-21/2014, se establece que la gestión de los proyectos estará a cargo de Unidades Ejecutoras en las Provincias, en lo posible, pertenecientes a los Institutos de Vivienda.

Que en consecuencia, se hace necesario reasignar las tareas correspondientes a la coordinación, supervisión y ejecución del Programa a un organismo ejecutor jurisdiccional con experiencia en materia de vivienda, hábitat e infraestructura social, como es el caso del Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano.

Por ello, y de conformidad a lo dictaminado por Fiscalía de Estado a fs 23, mediante dictamen N° 2785 de fecha 03 de diciembre de 2015,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

EN ACUERDO DE MINISTROS

DECRETA

ARTICULO 1°

Crease en el ámbito del Instituto...

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