DECRETO ACUERDO 31 / 2017 DERETO ACUERDO de 29 de Junio de 2017
Fecha de Entrada en Vigor | 6 de Julio de 2017 |
Fecha de la disposición | 29 de Junio de 2017 |
Número de Boletín | 29036 |
Fecha de Publicación | 5 de Julio de 2017 |
Número de documento | 60411 |
DECRETO ACUERDO N° 31/4 (MDS), del 29/06/2017.-
VISTO los Decretos Acuerdos N° 60/1-88 y 151/3 (SH)-92, sus modificatorios y ampliatorios, por los cuales se establecen los beneficios de extensión horaria, bonificación por dedicación funcional, a funcionarios y empleados de la Administración Pública Provincial; y
CONSIDERANDO:
Que en distintas áreas dependientes del Ministerio de Desarrollo Social existen tareas que indispensablemente requieren la prolongación horaria de personal y funcionarios que posibiliten el normal desenvolvimiento del sector, de conformidad con las solicitudes cursadas por los titulares de las respectivas áreas;
Que a los fines expresados se debe dictar la pertinente medida administrativa;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
EN ACUERDO DE MINISTROS
DECRETA:
Incluyese en los Regímenes de Extensión Horaria y/o Bonificación por Dedicación Funcional, establecidos por el Decreto Acuerdo N° 60/1-88 y el Decreto N° 151/3 (SH)-92, sus modificatorios y ampliatorios, respectivamente, al personal perteneciente a las reparticiones del Ministerio de Desarrollo Social, que se detallan en Anexo Único y que pasa a formar parte integrante del presente Decreto Acuerdo. El pago de los conceptos referidos se efectuará a partir de la fecha del presente acto administrativo. A tal efecto, los Servicios Administrativos serán los responsables de la aplicación de lo que se dispone en el presente Artículo, conforme se señala en cada caso.-.
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