DECRETO 995 / 2018 DECRETO de 5 de Abril de 2018

Fecha de Entrada en Vigor19 de Abril de 2018
Fecha de la disposición 5 de Abril de 2018
Número de Boletín29230
Fecha de Publicación18 de Abril de 2018
Número de documento65545

DECRETO N° 995/3 (ME), del 05/04/2018.

EXPEDIENTE N° 985/369-DGR-2017.-

Que por las presentes actuaciones la Dirección General de Rentas (DGR) remite modelos de Convenios de Complementación de Servicios, a suscribirse entre el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación y la Provincia de Tucumán, a afectos que los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor de todo el país, actúen como agentes de percepción del Impuesto a los Automotores y Rodados, y del Impuesto de Sellos; y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución Nacional N° 538/2016 del citado Ministerio (Fs. 3/6), se aprobaron los referidos modelos de convenios, que como Anexos II y III forman parte de dicho acto resolutivo (fojas 15/28).

Que a foja 1/2 la mencionada Autoridad de Aplicación indica los beneficios que en materia tributaría, traería aparejada la suscripción de los Convenios en cuestión, destacando la optimización de la recaudación tanto de los Impuestos Automotores y Rodados, como del Impuesto de Sellos.

Que en la cláusula primera de cada uno de los respectivos modelos de convenio se establece que los Encargados de los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor dependientes de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios, actuarán como Agentes de Percepción del impuesto y/o de la Tasa a la Radicación de los Automotores (Patentes) y Motovehículos (Anexo II) y del impuesto de Sellos (Anexo III), de conformidad con lo prescripto en el Código Fiscal Provincial, respecto de los trámites registrales detallados en la cláusula cuarta, en los casos que corresponda.

Que además, en ambos modelos de convenio se prevé la participación de la Asociación de Concesionarios de Automotores de la República Argentina (ACARA), como ente cooperador en los términos de la Ley N° 23.283, que suministrará Formularios en virtud de los cuales los usuarios podrán peticionar y cancelar las liquidaciones de deuda por tales impuestos, en oportunidad de la presentación y retiro de los trámites registrales mencionados, a través del sistema previsto para tal fin.

Que la ACARA será asimismo, la entidad encargada de proveer el sistema para la interconexión "on line" entre los Registros Seccionales y la base de datos conformada por los titulares dominiales y su correspondiente de La Provincia.

Que corresponde a la Provincia efectuar mensualmente un aporte equivalente al uno por ciento (1%)...

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