Decreto 963. DECTO-2018-963-APN-PTE - Decreto N° 1030\/2016. Modificación.

Fecha de disposición29 Octubre 2018
Fecha de publicación29 Octubre 2018
SecciónDecretos

RÉGIMEN DE CONTRATACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL

Decreto 963/2018

DECTO-2018-963-APN-PTE - Decreto N° 1030/2016. Modificación.

Ciudad de Buenos Aires, 26/10/2018

VISTO el Expediente N° EX-2018-45320077-APN-ONC#JGM, el Decreto N° 1344 de fecha 4 de octubre de 2007 y sus modificaciones, el Decreto N° 1023 de fecha 13 de agosto de 2001 y sus modificatorios y complementarios, el Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto N° 1030 de fecha 15 de septiembre de 2016, su modificatorio y normas complementarias, el Decreto N° 802 de fecha 5 de septiembre de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 1023 de fecha 13 de agosto de 2001 y sus modificatorios y complementarios, el PODER EJECUTIVO NACIONAL instituyó el RÉGIMEN DE CONTRATACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL.

Que por el Decreto N° 1030 de fecha 15 de septiembre de 2016, su modificatorio y normas complementarias, se aprobó la reglamentación del Decreto Nº 1023/01, para los contratos comprendidos en el inciso a) del artículo 4º de éste último.

Que en el artículo 9º del Reglamento aprobado por el Decreto N° 1030/16 se determinan, entre otras cuestiones, las autoridades competentes para dictar los actos administrativos en los procedimientos de selección que se realicen por la modalidad acuerdo marco, disponiendo que la autoridad competente para el dictado de alguno de dichos actos administrativos, sería el entonces Ministro de Modernización.

Que a través del Decreto Nº 802 de fecha 5 de septiembre de 2018 y con fundamento en necesidades de gestión y diseño organizacional, se creó el cargo de Secretario de Gobierno en diversas carteras ministeriales, entre ellos el del Secretario de Gobierno de Modernización.

Que, en consecuencia, corresponde modificar el segundo párrafo del artículo 9º del Reglamento aprobado por el Decreto N° 1030/16 incorporando la competencia del señor Secretario de Gobierno de Modernización en relación a los procedimientos de selección bajo la modalidad acuerdo marco.

Que, por su parte, a través del Anexo al citado artículo se definieron las autoridades competentes para el dictado de los actos administrativos de los procedimientos de selección en general.

Que, en consecuencia, corresponde incorporar a los Secretarios de Gobierno entre las autoridades consignadas en el referido Anexo, a los fines de definir su competencia para el dictado de los actos administrativos aludidos precedentemente.

Que mediante el Decreto N° 1344 del 4 de octubre de 2007 se aprobó el Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156.

Que por el artículo 35 del Reglamento aprobado por el mencionado decreto se fijaron las competencias y las pautas para aprobar gastos, ordenar pagos y efectuar desembolsos, estableciéndose los montos correspondientes en la Planilla Anexa a dicho artículo.

Que, en igual sentido corresponde incorporar a los Secretarios de Gobierno entre las autoridades consignadas en el artículo 35 del citado Reglamento y su Planilla Anexa.

Que a fin de dotar de mayor operatividad la gestión de autorización y la aprobación de gastos, así como de los procedimientos de selección, resulta necesario modificar el valor del módulo.

Que, por otra parte, resulta menester adecuar la cantidad de módulos asignados para la determinación de los procedimientos de selección y aquéllos previstos como excepción a la obligación de presentar garantías, a los fines de dotar de un criterio de coherencia y orden al sistema en su conjunto.

Que han tomado intervención la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES dependiente de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA.

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