Decreto 961. Exímese del pago del derecho de importación y demás gravámenes a los productos procedentes de los países participantes en el evento 'IX Expo Productos y Artesanías del Mundo'.

Fecha de disposición24 Agosto 2016
Fecha de publicación24 Agosto 2016
SecciónDecretos

Decreto 961/2016

Exímese del pago del derecho de importación y demás gravámenes a los productos procedentes de los países participantes en el evento "IX Expo Productos y Artesanías del Mundo".

Buenos Aires, 23/08/2016

VISTO el Expediente N° S01:0031217/2016 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que la FUNDACIÓN FUNDARTESAN INTERNATIONAL (C.U.I.T. N° 33-70208344-9) solicita la exención del pago del derecho de importación y demás tributos que gravan la importación para consumo de los productos de la industria textil tales como vestimentas y accesorios de vestir femeninos, masculinos y de niños, telas, hilos, tinturas, indumentaria deportiva y artículos deportivos, artículos de perfumería y cosmética, productos y accesorios electrónicos, productos para esparcimiento y juegos, infantiles o no, herramientas y accesorios de las mismas, "shawarmeras", "narguiles", artículos y accesorios de computación y telefonía, muebles, bebidas alcohólicas y no alcohólicas, alimentos, tabacos, cigarrillos, artículos de bijouterie y de joyería, relojes, artículos de bazar, artículos de librería, artesanías, libros, sahumerios, juguetes, artículos de electricidad, artículos de iluminación, folletos impresos, catálogos, afiches y otras formas de propaganda, originarios y procedentes de los países participantes en el evento "IX EXPO PRODUCTOS Y ARTESANÍAS DEL MUNDO", a realizarse en el Centro Internacional de Exposiciones, sito en la calle Chiozza N° 2875 de la Localidad de San Bernardo del Tuyú, Provincia de BUENOS AIRES (REPÚBLICA ARGENTINA), del 9 de julio al 15 de septiembre de 2016.

Que brindan su apoyo institucional auspiciando este evento la EMBAJADA DEL PERÚ y la EMBAJADA DE LA REPÚBLICA DE CROACIA en nuestro país.

Que el objetivo del ente organizador es el de promover el intercambio económico y cultural entre los diferentes países del mundo, preservando sus valores autóctonos.

Que los productos de la industria textil tales como: vestimentas y accesorios de vestir femeninos, masculinos y de niños, telas, hilos, tinturas, indumentaria deportiva y artículos deportivos, artículos de perfumería y cosmética, productos y accesorios electrónicos, productos para esparcimiento y juegos, infantiles o no, herramientas y accesorios de las mismas, "shawarmeras", "narguiles", artículos y accesorios de computación y telefonía, muebles, bebidas alcohólicas y no alcohólicas, alimentos...

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