Decreto 922

DEPARTAMENTO DE INFRAESTRUCTURA.

DECRETO 922.

La Plata, 19 de septiembre de 2012.

VISTO el expediente Nº 2406-6233/08 Alcance Nº 19, a través del cual se gestiona la aprobación del Convenio celebrado entre el Ministerio de Infraestructura y el Centro Laboral Argentino, y CONSIDERANDO:

Que el citado acuerdo constituye la renovación de su similar aprobado por Decreto Nº 1.219/09 (fojas 2/7 y vuelta) y tiene por objeto la ejecución de tareas de mantenimiento de doscientas treinta (230) perforaciones realizadas con motivo de la obra: “Depresión del Nivel Freático” ubicadas entre las calles Lynch, Avenida Calchaquí, República de Francia y Río de La Plata, en jurisdicción del partido de Quilmes;

Que las partes fijan un plazo de vigencia de dos (2) años, contado a partir del 1º de octubre de 2011;

Que la Asociación asume, entre otros aspectos, la responsabilidad de realizar el mantenimiento, custodia y operación permanente de los equipos de bombeo en todos sus aspectos;

Que el costo total de los trabajos asciende al monto de pesos un millón novecientos dieciocho mil ochenta ($ 1.918.080), comprometiéndose el Ministerio a aportar el cien por ciento (100%) de dicha suma en la forma indicada en la Cláusula Quinta;

Que la Asociación deberá presentar a partir del primer mes de vigencia del Convenio y antes del día quince (15) de cada mes, el informe mensual de todas las actividades realizadas durante el mes anterior, que deberá ser aprobado en reunión de Comisión Directiva de la Institución, respondiendo directamente ante la provincia y ante terceros afectados por los daños causados a las personas, a los semovientes o a las cosas por motivos derivados del trabajo, cualquiera sea su causa o naturaleza, contratando un seguro de responsabilidad civil por daños contra terceros (Cláusula Cuarta); Que la Provincia abonará a la Asociación en forma mensual y adelantada, la suma de pesos setenta y nueve mil novecientos veinte ($ 79.920), dentro de los quince (15) días de presentado el informe mensual aprobado, contra la presentación de la factura pertinente;

Que a fojas 61 y vuelta toma intervención la Dirección Provincial de Saneamiento y Obras Hidráulicas;

Que a fojas 95 toma conocimiento la Dirección Provincial de Presupuesto, sin formular objeciones;

Que a fojas 97/102 se agrega la Póliza de Seguro de Caución extendida por Afianzadora Latinoamericana Compañía de Seguros S.A., en cumplimiento de lo establecido en la Cláusula 8.02...

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