DECRETO 892 / 2020 DECRETO de 4 de Junio de 2020

Fecha de Entrada en Vigor21 de Agosto de 2020
Fecha de la disposición 4 de Junio de 2020
Número de Boletín29758
Fecha de Publicación19 de Junio de 2020
Número de documento77701

DECRETO N° 892 /1 (FE), del 04/06/2020

EXPEDIENTE N° 963/170-8-14.-

VISTO, estas actuaciones mediante las cuales la Dirección General de Catastro informa sobre la ocupación ilegítima de una fracción de terreno que forma parte de la mayor extensión identificada como Padrón N° 17.774, ubicado en la localidad de El Cadillal, Departamento Tafí Viejo, propiedad del Superior Gobierno de la Provincia de Tucumán, y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 1/4 se agrega: Acta Declarativa de fecha 8 de octubre de 2014 suscripta por la señora Sandra Elizabeth Bevaqua, D.N.I. N° 18.571.981, en la cual reconoce que el

inmueble que ocupa pertenece al Superior Gobierno de la Provincia; copia simple de Cesión-Venta de fecha 27 de agosto de 2013 otorgada por el señor Luis Humberto Torres Espeche a favor de la señora Sandra Elizabeth Bevaqua y fotocopia de D.N.I. de ésta última.

Que a fs. 41/42 el Departamento Inmuebles Fiscales de la Dirección General de Catastro informa que la fracción de terreno ocupada forma parte del inmueble en mayor extensión

identificado con la siguiente Nomenclatura Catastral:

Padrón Catastral N° 17.774, Circunscripción: I, Sección: 19, Lámina: 3, Parcela: 4 D12,Matricula N° 7.882, Orden: 4; que se encuentra inscripto en el Registro Inmobiliario en la

Matricula Registral T-33135 a nombre del Superior Gobierno de la Provincia de Tucumán.

Que para la localización, personal técnico procedió a confeccionar un croquis de ubicación, indicando las medidas, superficie y linderos de la fracción mensurada (fs. 39/40).

Que adjunta: copia simple de sentencia recaída en juicio "López de Roselló, Lucía Juana vs. Gobierno de la Provincia S/ Expropiación Inversa"; Plano del Mensura y División; copia del Informe de Registro Inmobiliario; Leyes N° 1.009, N° 2.949, N° 3.235 y N° 4.265; Decreto N° 1.987/1(SO)-73 y croquis de ubicación e identificación del inmueble (fs. 6/40).

Que analizadas las presentes actuaciones, especialmente el informe de la Dirección General de Catastro, se advierte que la fracción del inmueble indicada se encuentra ocupada ilegalmente, por lo que deben iniciarse las acciones correspondientes para la...

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