DECRETO 888 / 2019 DECRETO de 26 de Diciembre de 2019
Fecha de Entrada en Vigor | 21 de Febrero de 2020 |
Fecha de la disposición | 26 de Diciembre de 2019 |
Número de Boletín | 29684 |
Fecha de Publicación | 20 de Febrero de 2020 |
Número de documento | 76682 |
DECRETO N° 888/1, del 26/12/2019.-
EXPEDIENTE N° 1619/184-F-2019.-
VISTO, que sea hace necesario el otorgamiento de subsidios a distintos trabajadores desocupados de la actividad azucarera, que no fueron alcanzados por los Planes Nacionales destinados a atender el período interzafra, pertenecientes a la Federación Obrera Tucumana de la Industria Azucarera (F.O.T.I.A.) que alcanza a 1.612 (un mil seiscientos doce) beneficiarios, y
CONSIDERANDO:
Que tal medida es a los fines de paliar la situación económica que atraviesan estos hogares tucumanos, entendiendo este Poder Ejecutivo procedente la ayuda del Estado en orden a lo expresado precedentemente y con la modalidad que se establece por el presente instrumento y de conformidad al Acta Acuerdo suscripta entre el Gobierno de la Provincia y F.OT.I.A., el día 12 de diciembre del 2019.
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Otórgase a las personas que se detallan en el listado que como Anexo Único pasa a formar parte integrante del presente Decreto, un subsidio por la suma que en cada caso se indica, y que totaliza la suma de $6.991.227,27 (Pesos seis millones novecientos noventa y un mil doscientos veintisiete con veintisiete centavos), correspondiente al mes de diciembre de 2019, en atención a lo expresado precedentemente.
Impútese la erogación dispuesta precedentemente por la suma total de $6.991.227,27 (Pesos seis millones novecientos noventa y un mil doscientos veintisiete con veintisiete centavos) a la Jurisdicción 3, Programa 12, Subprograma 00, Proyecto 00, Finalidad/función 320, Actividad/Obra 01, Unidad de Organización 040, Subsidios Varios, Partida Subparcial 514, Financiamiento: Fuente 10, Recursos Tesoro General de la Provincia, del Presupuesto General vigente; quedando facultada la Dirección de Administración de la Gobernación, a emitir la correspondiente Orden de Pago.
Establécese que el pago se hará efectivo a través de la Caja Popular de Ahorros de la Provincia, conforme a lo establecido en el Convenio aprobado mediante Decreto N° 2478/1-06, la que una vez terminado el pago, remitirá a la...
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