DECRETO 876 / 2019 DECRETO de 26 de Diciembre de 2019

Fecha de Entrada en Vigor23 de Enero de 2020
Fecha de la disposición26 de Diciembre de 2019
Número de Boletín29663
Fecha de Publicación22 de Enero de 2020
Número de documento76287

DECRETO N° 876/1, del 26/12/2019.

VISTO, la presentación efectuada por la Asociación Civil Veteranos de Guerra Continentales "Malvinas 82", mediante la cual solicitan se otorgue un subsidio a las personas que indican en el listado adjunto a la misma, y

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno de la Provincia considera procedente brindar la asistencia económica solicitada, en la medida que las posibilidades del Estado así lo permitan.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°

Otórgase a las personas que se detallan en el listado que como Anexo Único pasa a formar parte integrante del presente Decreto, a requerimiento de la Asociación Civil Veteranos de Guerra Continentales "Malvinas 82", un subsidio por los montos que en cada caso se indica, quedando facultada la Dirección de Administración de la Secretaría General de la Gobernación, a emitir la correspondiente Orden de Pago, por la suma total de $15.000.- (Pesos quince mil), para hacer efectivo el pago de dichos importes.

ARTICULO 2°

Establécese que el pago se hará efectivo a través de la Caja Popular de Ahorros de la Provincia, conforme a lo establecido en el Convenio aprobado mediante Decreto N° 2.478/1-06, la que una vez terminado el pago, remitirá a la Dirección de Administración de la Secretaría General de la Gobernación, la totalidad de los comprobantes suscriptos por los beneficiarios a los fines de la correspondiente rendición de cuentas ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.

ARTICULO 3°

Impútase la erogación dispuesta por el Artículo 1° a la Jurisdicción 3, Unidad de Organización N° 040, Programa 12, Finalidad/Función 320, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad/Obra 01" Partida Subparcial 514, Financiamiento: Fuente 10, Recursos del Tesoro General de la Provincia, del Presupuesto General Vigente, y lo dispuesto por el Artículo 2° a la Jurisdicción 3, Unidad de Organización N° 040, Programa 11, Finalidad/Función 131, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad/Obra 01, Partida Subparcial 355, Financiamiento: Fuente 10, Recursos del Tesoro General de la Provincia, del Presupuesto General vigente.

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