Decreto 873/2022

Fecha de publicación30 Diciembre 2022
SecciónDecretos
EmisorCONTRATOS


Ciudad de Buenos Aires, 29/12/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-105970790-APN-DGDA#MEC y el Modelo de Contrato de Préstamo BID N° 5557/OC-AR propuesto para ser suscripto entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo BID N° 5557/OC-AR el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) se compromete a asistir financieramente a la REPÚBLICA ARGENTINA con el fin de cooperar en la ejecución del “Programa de Mejoramiento de Barrios”, por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO CINCUENTA MILLONES (USD 150.000.000), el cual constituye la Cuarta Operación Individual Bajo la Línea de Crédito Condicional para Proyectos de Inversión (CCLIP) establecida mediante el convenio suscripto el 29 de marzo de 2007 (AR-X1004).

Que el objetivo general del citado Programa es mejorar de modo sustentable el hábitat de los hogares residentes en villas, asentamientos y áreas degradadas del país a través de acciones que contribuyan al aumento en la seguridad de la tenencia de la tierra, la provisión de infraestructura básica y el desarrollo comunitario.

Que los objetivos específicos del mencionado Programa son: (i) aumentar la seguridad en la tenencia de la tierra de los hogares beneficiarios, (ii) incrementar la calidad de vida de los habitantes de cada área intervenida y en su zona de influencia a partir de distintas obras de mejora del hábitat, (iii) fortalecer las organizaciones comunitarias de base y garantizar la participación de los residentes de los barrios en todas las fases del proyecto integral y (iv) mejorar el desempeño de los equipos del Organismo Ejecutor, las Unidades Ejecutoras Provinciales y las Unidades Ejecutoras Municipales.

Que el referido Programa se desarrollará a través de CUATRO (4) componentes: (1) Aumento de la seguridad en la tenencia de la tierra; (2) Intervenciones urbanas integradoras, provisión de infraestructura urbana, saneamiento ambiental y equipamiento social; (3) Fortalecimiento de las organizaciones comunitarias de base y desarrollo comunitario y (4) Fortalecimiento de la capacidad de gestión.

Que la ejecución del Programa y la utilización de los recursos del financiamiento serán llevadas a cabo por el MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT a través de la SECRETARÍA DE HÁBITAT, que será el área con responsabilidad primaria en los aspectos técnicos y de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN, que actuará como responsable de los aspectos administrativos y...

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