Decreto 836/2022

Fecha de publicación16 Diciembre 2022
SecciónDecretos
EmisorCONTRATOS


Ciudad de Buenos Aires, 15/12/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-119655681-APN-DGDA#MEC y el Modelo de Contrato de Préstamo BID AR-L1344 propuesto para ser suscripto entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo BID AR-L1344 el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) se compromete a asistir financieramente a la REPÚBLICA ARGENTINA con el fin de cooperar en la ejecución del “Programa de Agua Potable y Saneamiento para el Área Metropolitana de la Ciudad de Buenos Aires y los Partidos del Primer, Segundo y Tercer Cordón del Conurbano Bonaerense- Tramo II”, por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO CINCUENTA MILLONES (USD 150.000.000), el cual constituye la Segunda Operación Individual Bajo la Línea de Crédito Condicional para Proyectos de Inversión (CCLIP) No. AR-O0004, Acuerdo suscripto el 31 de mayo de 2018.

Que el objetivo general del citado Programa consiste en contribuir a mejorar la calidad de vida de la población que vive en el Área Metropolitana de la Ciudad de Buenos Aires y los Partidos del Primer, Segundo y Tercer Cordón del Conurbano Bonaerense.

Que los objetivos específicos del mencionado Programa son: (i) aumentar la cobertura del servicio de red cloacal domiciliaria, (ii) disminuir el agua no contabilizada en las redes de distribución en las áreas intervenidas, (iii) disminuir el impacto de las descargas de las aguas residuales de la Planta Berazategui en el Río de la Plata y (iv) mejorar la eficiencia en la prestación de los servicios de agua y saneamiento.

Que el referido Programa se desarrollará a través de TRES (3) componentes: (1) Sistema de agua potable, (2) Sistemas de Saneamiento y (3) Fortalecimiento de la Gestión Empresarial.

Que la ejecución del Programa y la utilización de los recursos del financiamiento serán llevadas a cabo por Agua y Saneamientos Argentinos S.A. (AySA), empresa actuante en la órbita del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, la cual será responsable del área sustantiva y de la coordinación administrativa del Programa.

Que, adicionalmente, la Evaluación Estratégica del Programa tendrá al Organismo Ejecutor como responsable de la ejecución fiduciaria y a la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES FINANCIERAS INTERNACIONALES PARA EL DESARROLLO de la SECRETARÍA DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y FINANCIEROS INTERNACIONALES del MINISTERIO DE ECONOMÍA como responsable de la ejecución técnica-metodológica.

Que la formalización de esta operación requiere...

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