DECRETO 831 / 2020 DECRETO de 19 de Mayo de 2020

Fecha de Entrada en Vigor 6 de Junio de 2020
Fecha de la disposición19 de Mayo de 2020
Número de Boletín29749
Fecha de Publicación 5 de Junio de 2020
Número de documento77606

DECRETO N° 831/3 (SH), del 19/05/2020.

EXPEDIENTE N° 502/222-B-2020 y Agr.

VISTO el presente expediente mediante el cual la Municipalidad de Banda del Río Salí gestiona el otorgamiento de asistencias financieras reintegrables, por la suma de $4.197.118,89; destinada prioritariamente al pago del Consorcio Público Metropolitano (GIRSU) correspondiente a los meses de abril, mayo y junio de 2020, en el marco de las disposiciones de la Ley N° 7.974, y

CONSIDERANDO:

Que la citada norma legal en su Artículo 2°, faculta al Poder Ejecutivo a otorgar a los municipios y comunas rurales Préstamos Reintegrables, quedando facultado para establecer en cada caso el monto y el destino de los mismos, como así también para convenir con los citados entes el plazo de amortización y demás condiciones para su reintegro.

Que para la entrega del monto requerido, la municipalidad deberá suscribir ante Escribanía de Gobierno la pertinente Escritura de Cesión de Derechos, a favor del Superior Gobierno de la Provincia, cediendo la Coparticipación -Ley N° 6.316-, F.D.I. Ley N° 6.650- y modificatorias o las que en el futuro las reemplacen o sustituyan, en un plazo de 30 días a partir de la fecha del presente instrumento legal.

Que asimismo los fondos cuya provisión se gestionan serán transferidos a través de la Cuenta Fiduciaria del Municipio; en consecuencia, resulta menester autorizar a la Dirección de...

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