DECRETO 829 / 2021 DECRETO de 5 de Abril de 2021

Fecha de Entrada en Vigor23 de Abril de 2021
Fecha de la disposición 5 de Abril de 2021
Número de Boletín29963
Fecha de Publicación22 de Abril de 2021
Número de documento81352

DECRETO N° 829/1, del 05/04/2021.

EXPEDIENTE N° 397/110-A-2021.-

VISTO, la presentación efectuada por la Asociación Civil de la Protección a la Familia, Personería Jurídica N° 243/14 DPJ de fecha 03/09/2014, con domicilio legal en San Martin N° 182, 6°, D, de nuestra ciudad, en el sentido de que se le otorgue un subsidio, y

CONSIDERANDO:

Que lo requerido es para afrontar los gastos que demande la compra de barbijos, máscaras y alcohol para los trabajadores y asociados de la institución.

Que el Gobierno de la Provincia considera procedente brindar la asistencia económica solicitada, en la medida que las posibilidades del Estado así lo permitan.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°

Otórgase a la Asociación Civil de la Protección a la Familia, Personería Jurídica N° 243/14 DPJ de fecha 03/09/2014, con domicilio legal en San Martin N° 182, 6°, D, de nuestra ciudad, un subsidio con cargo a oportuna rendición de cuentas, por la suma de $400.000.- (pesos cuatrocientos mil), quedando facultada la Dirección de Administración de la Secretaría General de la Gobernación, a emitir la Orden de Pago correspondiente, en atención a lo expresado precedentemente.

ARTICULO 2° Impútase la erogación dispuesta por el Artículo 1°, a la Jurisdicción 3, Unidad de...

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