DECRETO 821 / 2022 DECRETO / 2022-03-23

Fecha de publicación08 Abril 2022
Fecha23 Marzo 2022
Número de Gaceta30.202
SecciónSección Legislación y Normativa Provincial

DECRETO N° 821/1, del 23/03/2022.
EXPEDIENTE N° 428/112-DG-2022.-
VISTO, que por estas actuaciones la Dirección General de Recursos Humanos eleva la nómina de los agentes en actividad (fs. 01), pertenecientes a distintas reparticiones de la Administración Pública Provincial, que se encuentran en condiciones de acceder al beneficio de la Jubilación Ordinaria, y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 03/14 se adjuntan las respectivas Fojas de Servicios de dichos agentes, en donde consta la situación de revista de cada uno de ellos, como así también que no registran investigaciones administrativas.
Que conforme a lo dispuesto por el Art. 9° inc. 4) de la Ley N° 5.473 (Estatuto para el Personal de la Administración Pública Provincial), resulta procedente dictar la pertinente medida administrativa que intima a dichos empleados, para que en un plazo de 30 (treinta) días corridos inicien los trámites correspondientes para la obtención del beneficio jubilatorio.
Por ello, y atento a lo dictaminado por Fiscalía de Estado a fs. 16 (Dictamen N° 0717/2022),

EL VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
EN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVO
DECRETA:

ARTICULO 1°.- Intímase a los agentes que a continuación se detallan, para que en un plazo de 30 (treinta) días corridos inicien los trámites correspondientes para obtener el beneficio de la Jubilación Ordinaria, dejándose establecido que vencido dicho plazo, se podrán dar por finalizadas las funciones de los mismos, sin derecho a indemnización:
NOMBRE y APELLIDO D.N.I. REPARTICION
JUAREZ HUMBERTO JESUS 12.808.064 Secretaría General de la Gobernación
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