Decreto 818 / 2020. Decreto Sintetizado del 18 de Mayo de 2020. Aviso Nro: 77482 de 26 de Mayo de 2020

Fecha de publicación26 Mayo 2020
Número de registro77482
Fecha de disposición26 Mayo 2020
Número de Gaceta29741

DECRETO N° 818/3 (ME), del 18/05/2020

EXPEDIENTE N° 320/369-DG-2020

VISTO los Decretos N° 634/3(ME)-2020, 677/3(ME)-2020, 694/3(ME)-2020, 732/3(ME)-2020 y 804/3(ME)-2020, y

CONSIDERANDO:

Que a través del Decreto citado en primer término en el Visto, se estableció que en el ámbito de la Dirección General de Rentas, no se computen respecto de los plazos procedimentales los días hábiles administrativos comprendidos entre el 17 y el 31 de marzo de 2020, ambas fechas inclusive.

Que por su parte, mediante los Decretos Nros. 677/3(ME)2020, 694/3(ME)-2020, 732/3(ME)-2020 y 804/3(ME)-2020, se prorrogaron las disposiciones del referido Decreto N° 634/3(ME) hasta el 12/04/2020, hasta el 26/04/2020, hasta el 10/05/2020 y hasta el 17/05/2020, respectivamente.

Que subsistiendo las causas que motivaron el dictado de los mencionados instrumentos legales, y en el marco de las medidas preventivas que se vienen adoptando en virtud de la situación epidemiológica relacionada con el brote de Coronavirus (COVID-19) es que resulta aconsejable prorrogar nuevamente las disposiciones del Decreto n° 634/3(ME)-2020 y...

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