DECRETO 805 / 2022 DECRETO / 2022-03-23
Fecha de publicación | 28 Marzo 2022 |
Fecha | 23 Marzo 2022 |
Número de Gaceta | 30.193 |
Sección | Sección Legislación y Normativa Provincial |
DECRETO N° 805/3 (ME), del 23/03/2022.
VISTO que el Gobierno de la Provincia y las Organizaciones Gremiales han realizado rondas de trabajo para el análisis de la política salarial de la Provincia, y
CONSIDERANDO
Que en relación a dicha temática se suscribió Acta Acuerdo el 3 de marzo de 2022, entre las autoridades del Poder Ejecutivo Provincial y las organizaciones gremiales que nuclean a los trabajadores de la Administración Pública Centralizada, Comunas Rurales y Municipios de la Provincia.
Que el Poder Ejecutivo, compartiendo las inquietudes planteadas, considera necesario continuar con las acciones tendientes al mejoramiento de la situación económica de los agentes de la Administración Pública Provincial.
Que resulta procedente la recomposición del haber básico de las categorías presupuestarias, así como las sumas fijas vigentes para todos los niveles.
Que por lo tanto, corresponde adoptar la medida administrativa tendiente a proveer de conformidad con lo tramitado.
Por ello,
EL VICE GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
EN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVO
DECRETA
ARTICULO 1°.- Fíjase el básico de la categoría 18 para el personal de la Administración Pública Centralizada, de los Organismos Descentralizados cuyas escalas salariales sean asimilables al Escalafón General y de las Comunas Rurales, según se detalla y por los períodos que a continuación se indica:
a) A partir del 1 de marzo de 2022 en PESOS ONCE MIL QUINIENTOS TREINTA Y TRES CON SETENTA Y TRES CENTAVOS ($11.533,73), el cual incluye el Suplemento Solidario.
b) A partir del 1 de julio de 2022 en PESOS DOCE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON CUARENTA Y UN CENTAVOS ($12.554,41), el cual incluye el Suplemento Solidario.
c) A partir del 1 de octubre de 2022 en PESOS TRECE MIL QUINIENTOS SETENTA Y CINCO CON DIEZ CENTAVOS ($13.575,10), el cual incluye el Suplemento Solidario.
d) A partir del 1 de diciembre de 2022 en PESOS CATORCE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE CON OCHENTA Y CINCO CENTAVOS ($14.697,85), el cual incluye el Suplemento Solidario
Los básicos de las categorías restantes se ajustarán en igual porcentaje a partir de las fechas enunciadas, y continuarán incluyendo el Suplemento Solidario abonado hasta la Categoría 18, hasta febrero de 2021.
ARTICULO 2°.- Otórgase un ADICIONAL NO REMUNERATIVO Y NO BONIFICABLE para el Personal de la Administración Pública Centralizada, de los Organismos Descentralizados cuyas escalas salariales sean asimilables al Escalafón General, y de las Comunas Rurales...
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