DECRETO 788 / 2019 DECRETO de 19 de Marzo de 2019

Fecha de Entrada en Vigor 5 de Abril de 2019
Fecha de la disposición19 de Marzo de 2019
Número de Boletín29466
Fecha de Publicación 4 de Abril de 2019
Número de documento71617

DECRETO N° 788/1, del 19/03/2019.

EXPEDIENTE N° 2509/110-F-2018.-

VISTO, la presentación efectuada por la Fundación Casa del Diabético, Personería Jurídica Resolución N° 218/14 DPJ de fecha 11/08/2014, con domicilio en calle Ricardo de Cesare N° 55, localidad de Famaillá, en el sentido de que se le otorgue un subsidio, y

CONSIDERANDO:

Que tal requerimiento será destinado para afrontar la continuidad de los gastos de los avances de obra de la Casa del Diabético, en la localidad de Famaillá.

Que el Gobierno de la Provincia considera procedente acudir en su ayuda, brindándole la asistencia económica solicitada, en la medida que las posibilidades del Estado así lo permitan.

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°

Otórgase a la Fundación Casa del Diabético, Personería Jurídica Resolución N° 218/14 DPJ de fecha 11/08/2014, con domicilio en calle Ricardo de Cesare N° 55, localidad de Famaillá, un subsidio con cargo a oportuna rendición de cuentas, por la suma total de $150.000.- (Pesos ciento cincuenta mil), pagaderos en 3 (tres) cuotas mensuales, iguales y consecutivas de $50.000.- (Pesos cincuenta mil), a partir del mes de marzo del corriente año quedando facultada la Dirección de Administración de la Secretaria General de la Gobernación, a emitir la correspondiente Orden de Pago, para hacer efectivo el citado importe, con la finalidad señalada precedentemente.

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