Decreto 737 de 12 de Mayo de 2003

La Plata, 12 de mayo de 2003.

VISTO: El Expediente Nº 2.724-852/99, agregado el expediente Nº 2.724-1.112/01, por intermedio del cual tramita la aprobación del Convenio suscripto entre el ex Ministerio de la Producción y el Empleo y la Universidad Nacional de General Sarmiento y del Protocolo Adicional a dicho Convenio; y

CONSIDERANDO:

Que el objeto del Convenio indicado en el exordio de la presente, es la mutua colaboración entre las partes signatarias, en sus áreas específicas, en particular en aquéllas orientadas a la consolidación de la acción comercial de la provincia de Buenos Aires;

Que mediante el Convenio señalado, se favorecerá el mejor aprovechamiento de los recursos humanos, técnicos y económico-financieros, mediante la organización e implementación de las acciones conjuntas;

Que está contemplado en el instrumento legal de referencia, el fomento de la capacitación de la comunidad universitaria, a fin de contribuir a la formación, en ese ámbito, de una conciencia superior en temas de Comercio Interior;

Que en el Convenio tratado se acuerda la realización de estudios y análisis, con el propósito de llevar adelante proyectos de mejoramiento de la competencia y en particular, todos aquéllos requeridos por la legislación vigente en los cuales el Ministerio firmante es Autoridad de Aplicación;

Que asimismo, en la Cláusula Segunda del Convenio indicado, se establece la posibilidad de la realización de Programas y Proyectos, dirigidos al cumplimiento de las acciones precedentemente enunciadas, a través de Protocolos Adicionales, en los que se fijarán las obligaciones, responsabilidades y contribuciones de cada una de las partes;

Que por la Cláusula Primera del Protocolo Adicional suscripto entre las partes precedenteprecedentemente señaladas, la Universidad Nacional de General Sarmiento se compromete a realizar los estudios y presentación de informes correspondientes, de acuerdo al Instructivo Metodológico aprobado por la Resolución Nº 287/99 del ex Ministerio de la Producción y el Empleo, con destino al cumplimiento del artículo 5º de la Ley 12.088, modificatorias y complementarias;

Que se acuerda en el Protocolo referido, la metodología a seguir por ambas partes, en cumplimiento de los Estudios de Impacto Socioeconómico, previstos en la ley precitada, y en el artículo 3º del Decreto 2.675/98;

Que por Ley 12.928, el Ministerio de Asuntos Agrarios y Producción asumió las misiones y funciones del ex Ministerio de la Producción y el Empleo;

Que a fojas 28 dictamina...

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